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Documento DOUE-L-1999-80457

Decisión del Consejo, de 25 de enero de 1999, por la que se adopta un programa específico de investigación y desarrollo tecnológico, incluida la demostración, que deberá realizar el Centro Común de Investigación mediante acciones directas para la Comunidad Europea (1998-2002).

Publicado en:
«DOCE» núm. 64, de 12 de marzo de 1999, páginas 127 a 141 (15 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1999-80457

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 4 de su artículo 130 I,

Vista la propuesta de la Comision (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2)

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),

(1) Considerando que el Parlamento Europeo y el Consejo, mediante la Decisión n° 182/1999/CE (4), han adoptado el quinto programa marco de la Comunidad Europea (denominado en lo sucesivo «el quinto programa marco») para acciones de investigación, demostración y desarrollo tecnológicos (denominadas en lo sucesivo «IDT») para el período 1998-2002, por el que se establece el marco general y los objetivos científicos y tecnológicos de las actividades que deberá llevar a cabo el Centro Común de Investigación (CCI) para la Comunidad Europea;

(2) Considerando que el apartado 3 del artículo 130 I del Tratado CE establece que el programa marco se ejecutará mediante programas específicos desarrollados dentro de cada una de las acciones que lo componen y que cada programa específico precisará sus modalidades de realización, fijará su duración y preverá los medios que se estimen necesarios;

(3) Considerando que, de conformidad con el apartado 2 del artículo 4 de la Decisión n° 1110/94/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de abril de 1994, relativa al cuarto programa marco de la Comunidad Europea para acciones comunitarias en materia de investigación y desarrollo tecnológicos y demostración (1994-1998) (5) y con el apartado 3 del artículo 7 de las Decisiones del Consejo sobre los programas específicos mediante los cuales se ejecutan las acciones directas del cuarto programa marco, la Comisión ha contado con una evaluación externa que ha remitido, junto con sus conclusiones y observaciones, al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones;

(4) Considerando que, de conformidad con el artículo 130 J del Tratado, se aplica al presente programa específico en relación con la difusión de los resultados de investigación, la Decisión 1999/65/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1998, relativa a las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades, y a las normas de difusión de los resultados de la investigación para la ejecución del quinto programa marco de la Comunidad Europea (1998-2002) (6) (denominadas en lo sucesivo «normas de participación y difusión»); que dichas normas permiten la participación del Centro Común de Investigación (CCI) en acciones indirectas;

(5) Considerando que, a los efectos de la aplicación del presente programa y como complemento de la cooperación regulada por el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o por un acuerdo de asociación, puede resultar conveniente llevar a cabo actividades de cooperación internacional con organizaciones internacionales o terceros países, basándose, en particular, en el artículo 130 M del Tratado;

(6) Considerando que la aplicación del presente programa comporta también algunos mecanismos y actividades destinados a estimular, difundir y explotar los resultados de la IDT, en particular con respecto a las pequeñas y medianas empresas (PYME), así como actividades de fomento de la movilidad y la formación de los investigadores;

(7) Considerando que las actividades de investigación con arreglo al quinto programa marco también deberían orientarse hacia la innovación, para contribuir, entre otras cosas, a la realización de los objetivos del primer plan de acción para la innovación; que el CCI debe participar activamente en actividades de información y transferencia de tecnología;

(8) Considerando que la política de igualdad de oportunidades de la Comunidad debe tenerse en cuenta en la aplicación del presente programa;

(9) Considerando que conviene examinar la realización del presente programa para adaptarlo, cuando proceda, a las necesidades y avances científicos y tecnológicos; que, en el momento oportuno, conviene asimismo encomendar a expertos independientes una evaluación del estado de realización del programa;

(10) Considerando que, al aplicar este programa, la Comisión consultará con el Consejo de administración del CCI con arreglo a las disposiciones pertinentes de la Decisión de la Comisión sobre la organización del CCI; que las actuales disposiciones figuran en la Decisión 96/282/Euratom de la Comisión (7);

(11) Considerando que se ha consultado al Consejo de administración del CCI sobre el contenido científico y tecnológico del presente programa específico,

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

De conformidad con el apartado 1 del artículo 3 del quinto programa marco, se aprueba el programa específico de acciones directas de investigación y desarrollo tecnológicos, incluida la demostración, que deberá realizar el CCI (denominado en lo sucesivo «el programa específico») para el período comprendido entre el 25 de enero de 1999 y el 31 de diciembre de 2002.

Artículo 2

1. El importe que se estima necesario para la ejecución por el CCI de las acciones directas que incluye este programa asciende a 739 millones de euros.

En el anexo I figura un desglose indicativo de este importe.

2. De la cantidad a que se refiere el apartado 1:

- 189 millones de euros se destinan al período 1998-1999,

y

- 550 millones de euros al período 2000-2002.

En el caso contemplado en la letra c) del apartado 1 del artículo 2 del quinto programa marco, el Consejo adaptará esta última cantidad con arreglo a lo dispuesto en el segundo guión de la letra c) del apartado 1 del artículo 2 del quinto programa marco. Hasta tanto el Consejo adopte una decisión, el presente programa específico no se ejecutará más allá de la dotación fijada en el primer guión.

3. De conformidad con los objetivos científicos y tecnológicos y con las prioridades establecidas en la presente Decisión, la Autoridad Presupuestaria establecerá los créditos correspondientes a cada ejercicio financiero teniendo en cuenta los recursos asignados dentro de las perspectivas financieras plurianuales.

Artículo 3

1. En el anexo II se exponen las líneas maestras y los objetivos científicos y tecnológicos del programa específico, así como las prioridades correspondientes, que se definen conforme a los principios fundamentales y las tres categorías de criterios de selección que figuran en el anexo I del quinto programa marco.

2. Se aplicarán al presente programa específico las normas sobre difusión de resultados.

3. Las modalidades concretas de la participación financiera de la Comunidad en el programa específico son las que se definen en el artículo 4 del quinto programa marco.

Las acciones directas de IDT se definen en los anexos II y IV del quinto programa marco.

Las normas de ejecución propias del programa específico se indican en el anexo III de la presente Decisión.

Artículo 4

Teniendo en cuenta los criterios fijados en el apartado 1 del artículo 3 y los objetivos científicos y tecnológicos y las prioridades que figuran en el anexo II, la Comisión:

a) con la asistencia oportuna de expertos externos independientes, examinará el estado de realización del programa específico y, en su caso, presentará al Consejo propuestas de adaptación, de conformidad con el apartado 1 del artículo 5 del quinto programa marco;

b) se ocupará de que se efectúe, según se indica en el apartado 2 del artículo 5 del quinto programa marco, la evaluación externa de las actividades realizadas en los ámbitos a los que se aplica el programa específico.

Artículo 5

1. La Comisión elaborará un programa de trabajo en el que se precisarán:

a) los objetivos y prioridades de IDT del anexo II con mayor detalle;

b) el calendario indicativo de ejecución del programa específico.

2. El programa de trabajo se actualizará cuando proceda y la Comisión lo pondrá a disposición de todas las partes interesadas en un formato de fácil lectura, debiendo ser una de las formas de presentación en soporte electrónico.

Artículo 6

1. La responsabilidad de la ejecución del presente programa específico, que será realizado por el CCI, corresponderá a la Comisión.

2. La Comisión consultará al Consejo de administración del CCI (denominado en lo sucesivo «el Consejo de administración» en esta tarea, con arreglo a las disposiciones pertinentes relativas a la organización del CCI.

3. La Comisión informará regularmente al Consejo de administración sobre la ejecución del presente programa específico.

Artículo 7

La Comisión podrá pedir al CCI que, sobre la base del criterio del beneficio mutuo, ejecute proyectos con personas jurídicas establecidas en terceros países cuando esto contribuya efectivamente a la realización de acciones directas.

Artículo 8

Con arreglo al apartado 4 del artículo 5 del quinto programa marco, la Comisión informará periódicamente al Consejo y al Parlamento Europeo de la evolución general de la ejecución del programa.

Artículo 9

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 25 de enero de 1999.

Por el Consejo

El Presidente

J. FISCHER

______

(1) DO C 260 de 18.8.1998, p. 105.

(2) Dictamen emitido el 15 de diciembre de 1998 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(3) DO C 407 de 28.12.1998, p. 123.

(4) DO L 26 de 1.2.1999, p. 1.

(5) DO L 126 de 18.5.1994, p. 1; Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión n° 2535/97/CE (DO L 347 de 18.12.1997, p. 1).

(6) DO L 26 de 1.2.1999, p. 46.

(7) DO L 107 de 30.4.1996, p. 12.

ANEXO I

DESGLOSE INDICATIVO DEL IMPORTE ESTIMADO NECESARIO

Tipo de acción -- Importe (en millones de euros)

Servicio al ciudadano .... 292

Aumento de la sostenibilidad .... 321

Respaldo a la competitividad europea .... 126

Total ...... 739 (1) (2)

_____

(1) De los cuales aproximadamente el 6 % puede asignarse a la investigación exploratoria.

(2) En este total se incluye la contribución necesaria para la participación del CCI en las acciones en que se comparten costes.

ANEXO II

LÍNEAS GENERALES, OBJETIVOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS Y PRIORIDADES

A. LA MISIÓN DEL CCI

La misión del CCI consiste en proporcionar apoyo científico y técnico para la elaboración, desarrollo, aplicación y supervisión de políticas de la Comunidad, en función de la demanda de estas políticas. Al ser un servicio de la Comisión Europea, el CCI funciona como centro de referencia en materia científica y tecnológica para la Comunidad. Manteniéndose próximo al proceso de formulación de políticas, sirve al interés común de los Estados miembros, al tiempo que se mantiene independiente de intereses comerciales o nacionales.

Mediante la realización de investigaciones específicas de alto nivel en estrecha colaboración con la industria y otros organismos, el CCI ayuda a los responsables de la elaboración de políticas a responder a las preocupaciones de los ciudadanos, mejorando la interacción entre el hombre y el medio ambiente y promoviendo el desarrollo sostenible.

Al llevar a cabo su misión, el CCI se esforzará por coordinar las actividades de IDT realizadas en los Estados miembros. Su labor depende del mantenimiento de una intensa red de contactos con instituciones públicas y privadas de los Estados miembros mediante, por ejemplo, redes de investigación, proyectos conjuntos o intercambios de personal. Esta tarea es importante, ya que la misión del CCI es complementaria de la parte de acción indirecta del quinto programa marco; mientras las acciones indirectas continúan siendo el principal mecanismo para desarrollar y probar nuevas ideas, el papel del CCI consiste en ayudar a aplicarlas al servicio de los responsables de la elaboración de políticas.

B. OBJETIVO: PRESTAR APOYO A LA GESTIÓN DEL CAMBIO

El avance de la tecnología, especialmente en las ciencias de la vida y la tecnología de la información, está cambiando la forma en que vivimos, la forma de nuestras actividades económicas y el mundo que nos rodea. Estos cambios son complejos y están interrelacionados, lo cual hace que los responsables de la formulación de políticas requieran asistencia para entender la forma de aprovechar la tecnología para servir mejor al ciudadano, permitir que la industria se beneficie de las nuevas oportunidades que surgen, y fomentar políticas que protejan al ciudadano de los riesgos que conlleva el aprovechamiento de dichos cambios. El CCI, como brazo científico de la Comisión, debe poder respaldar la gestión del cambio, apoyando el proceso de elaboración de políticas comunitarias: facilitando una mejor comprensión de los temas emergentes; prestando apoyo científico y técnico a la elaboración y aplicación de medidas; y llevando a cabo una supervisión realista de la eficacia de las medidas.

Los dos criterios de selección de las actividades del CCI son:

- la importancia para las políticas de la Comunidad. La comprensión del programa político facilita que los estudios del CCI sean oportunos y contribuyan a la formulación de las políticas donde más se necesita,

- la subsidiariedad. Esta tiene dos aspectos: en primer lugar los estudios deben realizarse en áreas en las que la participación de la Comunidad sea apropiada, y, en segundo lugar, también debe ser apropiado que esta participación tenga lugar a través del CCI. Por tanto, el CCI actúa en áreas tales como asuntos transfronterizos, protección del consumidor y control del fraude, cuando su excepcional identidad paneuropea proporciona un valor añadido.

C. EL PROGRAMA DEL CCI

El programa específico del CCI para el quinto programa marco refleja los grandes cambios que han tenido lugar en Europa y en el resto del mundo en los últimos diez años. Si bien estos cambios han sido beneficiosos para el crecimiento y la prosperidad, es necesario velar por que ese crecimiento se mantenga, para que la industria europea pueda competir en condiciones justas en el mercado interior y en los mercados mundiales, para que el crecimiento sea sostenible y para que los ciudadanos europeos puedan vivir en un entorno limpio y seguro.

Así pues, el programa del CCI se ha dividido en tres temas principales:

I. Al servicio del ciudadano

II. Aumento de la sostenibilidad

III. Respaldo a la competitividad europea

El objetivo del primer tema es prestar apoyo a las medidas de protección del ciudadano. Se incluyen en él medidas que garanticen al consumidor que los alimentos que consume o compra están correctamente identificados y etiquetados, que le protejan contra el fraude y le permitan beneficiarse plenamente de la medicina moderna, que la información que recibe sea fidedigna y que esté protegido contra los peligros naturales o derivados de la acción del hombre.

El segundo tema es la sostenibilidad: lograr crecer al tiempo que se protege el entorno, conservar los recursos naturales,

mantener la biodiversidad y garantizar que la Comunidad puede continuar financiando las medidas oportunas, al tiempo que se evita que estos esfuerzos se vean minados por el fraude. Uno de los principales objetivos políticos de la Comunidad es la integración de criterios medioambientales en todas las políticas, por lo que elaborar normativas que hagan realidad esta integración al tiempo que se mantiene una política de libre mercado es uno de los grandes desafíos de los legisladores. El CCI contribuirá a la sostenibilidad analizando las repercusiones medioambientales de las opciones políticas elegidas, apoyando las medidas antifraude en las políticas agrícola y pesquera, apoyando los esfuerzos internacionales para prevenir el cambio climático del planeta y estudiando la forma en que los ecosistemas europeos están cambiando y podrían conservarse.

El principal objetivo del tercer tema es contribuir a la política de competitividad industrial de la Comunidad apoyando la transferencia de conocimientos y resultados de las investigaciones de la comunidad científica a los usuarios industriales. El CCI aprovechará, por ejemplo, sus conocimientos específicos para facilitar la utilización de la tecnología punta por parte de industrias emergentes como la observación de la Tierra y los materiales avanzados (por ejemplo, los biomateriales). También se iniciarán acciones apropiadas de apoyo a ámbitos políticos clave como la ampliación y la integración de los países candidatos a la adhesión en un mercado interior común, la cooperación en relación con la preadhesión y la cooperación entre la Unión Europea y los países mediterráneos, donde es necesario un mayor esfuerzo para optimizar las sinergias potenciales entre las comunidades científicas e industriales de la Unión Europea y los países asociados.

Hay dos elementos que recorren transversalmente los tres temas de investigación del CCI. El primero (medidas, normas y ensayos) constituye una de las especializaciones clave del CCI. El segundo es la denominada «información tecnoeconómica» que puede aportar a las instituciones de la Unión Europea el asesoramiento oportuno sobre el desarrollo de nuevas tecnologías, la posibilidad de que se registren avances decisivos, los desafíos sociales que suponen y sus posibles efectos en las políticas. Esta labor incluye la supervisión de la evolución en los otros grandes bloques comerciales industrializados, para determinar qué lecciones pueden aprenderse. Ambos cometidos son propios de todas las actividades del CCI, incluso cuando no se mencionan explícitamente.

Por último, este programa no debe considerarse un proyecto rígido para el programa de trabajo del CCI de los próximos cuatro años sino un esquema general que refleja el contenido de la actual agenda política y sus prioridades. Es previsible que en el programa del CCI se produzcan cambios a medida que avanzan la ciencia y la tecnología y evolucionan los objetivos políticos y las prioridades establecidas por la demanda.

I. AL SERVICIO DEL CIUDADANO

El primer tema de investigación del CCI se centra en el ciudadano. Su objetivo es apoyar las medidas de la Comunidad dirigidas a protegerlo, suministrarle información, cuidar su salud y proteger su seguridad.

La política del consumidor y la protección de la salud de éste son factores de máxima importancia en la política de la Comunidad. De hecho, el fundamento jurídico de la protección del consumidor se verá reforzado por el Tratado de Amsterdam. Los objetivos principales de la política son proteger al consumidor en el mercado interior; reforzar la transparencia del mercado; mejorar la confianza del consumidor, especialmente mediante una información y una educación más completas y eficaces; desarrollar un sistema de diálogo y consulta entre la Comisión Europea y las organizaciones que representan a los consumidores, y mejorar el diálogo entre estas últimas y la industria; y garantizar que los intereses del consumidor sean objeto de la debida consideración al elaborar otras políticas de la Comunidad. El CCI prestará apoyo científico a esta política.

La tecnología de la información es, junto con la biotecnología, la aplicación tecnológica de evolución más rápida, por lo que la iniciativa de la Comunidad Europea en pro de la sociedad de la información, al tiempo que reconoce que el progreso obedece a las fuerzas del mercado, garantiza el pleno aprovechamiento de los beneficios de la tecnología a la hora de elaborar medidas, y que el ciudadano pueda confiar en una información procesada de forma segura. El CCI apoyará esta iniciativa prestando asesoramiento técnico sobre servicios fiables y mejorando la facilidad de acceso a la información.

La tercera idea clave del esfuerzo del CCI para servir al ciudadano es la sanidad. En este sentido, el objetivo es aprovechar las tecnologías específicas de aquellos ámbitos en los que el CCI cuenta con una capacidad técnica y unos conocimientos únicos para el diagnóstico y el tratamiento de las enfermedades.

Además de la seguridad de los productos alimentarios y los alimentos para animales, las medidas de la Comunidad para proteger la seguridad de los ciudadanos incluyen, entre otras, legislación en materia de seguridad de los automóviles, directivas sobre seguridad en el trabajo y directrices para el sector de la construcción. El CCI respaldará técnicamente estas medidas, determinará la forma en que las nuevas tecnologías pueden ayudar a hacer frente a las catástrofes naturales de carácter transfronterizo como son las inundaciones, y contribuirá al esfuerzo de la Unión Europea para la remoción de minas de las zonas civiles mediante una coordinación adecuada y actividades de apoyo.

I.1. Protección del consumidor

En el ámbito de la salud del consumidor, las instituciones de la Comunidad Europea gestionan comités científicos cuya labor se basa en la excelencia, la independencia y la transparencia, que realizan inspecciones para garantizar que se respetan las normas de higiene y seguridad de los alimentos y que evalúan y valoran posibles riesgos para la salud del consumidor.

Este claro refuerzo de la política del consumidor se ha visto impulsado por el deseo general de compensar el rápido crecimiento de las posibilidades que ofrece la tecnología punta para aumentar la variedad y reducir los costes de los alimentos comercializados con medidas adecuadas de protección del consumidor. Es evidente que la aplicación de políticas en este ámbito requiere un fuerte apoyo científico, tanto para comprender la gran complejidad de sus temas como para aplicar tecnología punta al control de la calidad y los orígenes de los productos. El CCI prestará su apoyo a las políticas de la Comunidad en esta área, aplicando las tecnologías emergentes a la protección del consumidor, y estará en situación de evaluar los nuevos peligros y reaccionar ante ellos cuando se produzcan. Esta labor incluirá:

- la investigación con vistas a armonizar y validar los métodos de análisis de la calidad y la seguridad de los alimentos para animales, incluida una posible armonización europea de las normas relativas a alimentos orgánicos y a piensos, los productos alimenticios, las bebidas y los productos de consumo; el establecimiento de referencias para determinar la autenticidad y el origen de los productos alimentarios y las bebidas, y establecer prácticas de inspección y de evaluación de riesgos; la elaboración de métodos y referencias para facilitar el etiquetado de alimentos y el desarrollo de técnicas antifraude,

- el apoyo a la aplicación de la normativa comunitaria sobre biotecnología, incluidos los métodos de supervisión y detección de organismos genéticamente modificados y los estudios de evaluación de riesgos,

- la realización de estudios toxicológicos sobre las consecuencias y efectos sobre la salud de diversos contaminantes alimentarios, productos tóxicos (como las sustancias que alteran los procesos endocrinos) y microorganismos patógenos, y el establecimiento de modelos y procedimientos de evaluación de riesgos,

- la validación de procedimientos seguros alternativos para experimentos in vivo actualmente utilizados para determinar el riesgo toxicológico de productos químicos, farmacéuticos y de consumo.

I.2. Aplicaciones médicas y sanitarias

Parte de la tecnología desarrollada por el CCI relacionada con la ingeniería nuclear, la metrología, la informática y la ciencia de los materiales tiene aplicaciones potenciales en el área de la medicina y la asistencia sanitaria, y está suficientemente madura para que se pueda avanzar en su desarrollo. La realización de esta labor contará con el uso de las instalaciones y los excepcionales conocimientos del CCI, y continuará llevándose a cabo mediante redes compartidas con las comunidades médica y farmacéutica. Esta labor incluye:

- el apoyo activo, incluidas la validación y la normalización, al desarrollo de terapias contra el cáncer basadas en la tecnología nuclear, de aplicaciones de terapias por captura de neutrones de boro y de inmunoterapias alfa, así como a la producción de imágenes en la medicina,

- la investigación prenormativa y la validación de métodos de prueba para materiales biocompatibles y componentes biomecánicos; la cualificación de determinados equipos médicos para la armonización de normas y códigos; el desarrollo, la producción y la certificación de materiales de referencia para diagnósticos clínicos y la validación de instrumentos de prueba,

- el apoyo a los sistemas telemáticos para el intercambio seguro de información sobre la reglamentación relativa a productos farmacéuticos en la Comunidad Europea.

I.3. Aprovechamiento de la sociedad de la información

Los conocimientos del CCI en materia de tecnología de la información servirán para apoyar aspectos de fiabilidad de la iniciativa de la Comunidad Europea en pro de la sociedad de la información y para reforzar las medidas de control del fraude. Esta labor incluye:

- el apoyo a la iniciativa sobre fiabilidad, incluidas la definición de los ensayos, las herramientas de fiabilidad, la investigación sobre la capacidad de supervivencia de los sistemas, la caracterización de los servicios desde el punto de vista de la fiabilidad y los procedimientos de cualificación para los sistemas incorporados; la aplicación y la demostración de tecnologías emergentes de creación de redes, sistemas de apoyo a la decisión y sistemas de proceso de datos médicos; y el aprovechamiento de los resultados de investigaciones en aplicaciones de información estadística y geográfica;

- el apoyo a las medidas antifraude, incluido el desarrollo y la aplicación de sistemas de comunicación eficaces, fiables y seguros entre las autoridades públicas de los Estados miembros y la Comisión, y el desarrollo de un sistema de alerta y métodos de análisis y control de grandes cantidades de datos procedentes de diversas fuentes.

I.4. La seguridad del ciudadano: peligros derivados de la acción del hombre y peligros naturales

La Comunidad Europea cuenta con una serie de medidas de protección del ciudadano contra riesgos. Estas incluyen normas para la fabricación de automóviles, equipos de alta presión, obligaciones sobre etiquetado y notificación de productos químicos peligrosos, y la notificación de accidentes. El CCI desempeña un papel activo en la aplicación de estas políticas y en el apoyo a la elaboración de nuevas medidas de seguridad:

- apoyo a la elaboración de normativas comunitarias sobre seguridad en el trabajo mediante el análisis de los datos sobre accidente laborales, el suministro de información y las autoridades y sectores competentes, y el asesoramiento técnico a la Comisión,

- concepción, desarrollo, validación y armonización de procedimientos de inspección de equipos de alta presión con vistas a lograr la máxima seguridad en el lugar de trabajo; apoyo a la elaboración y la aplicación de nuevas normas; interacciones del hidrógeno con materiales estructurales y preparación de normas y códigos de seguridad laboral,

- supervisión, control y gestión de productos químicos: aplicación y mejora de las normativas sobre notificación, autorización, clasificación y etiquetado de los productos químicos nuevos y existentes; estudios sobre la evaluación de riesgos medioambientales,

- mantenimiento y desarrollo de una plataforma de investigación que contribuya a la base científica y técnica necesaria para las operaciones de remoción de minas antipersonas en zonas civiles; compilación de un índice de los tipos de minas y sus signaturas; desarrollo de estrategias para el reconocimiento de campos de minas y el establecimiento de métodos de detección y destrucción seguros; establecimiento de criterios y normas de referencia, y validación de métodos de limpieza y dispositivos disponibles,

- caracterización química e instrumentos para determinar el origen de drogas ilegales,

- caracterización de la seguridad estructural de los vehículos de transporte y las barreras de seguridad contra accidentes; calibración de las instalaciones de prueba de los Estados miembros y validación de métodos de simulación concebidos para complementar las pruebas de impacto tradicionales,

- apoyo a la creación de un sistema europeo común de declaración de incidentes en vuelo, incluido el análisis de la influencia del error humano,

- apoyo a la formulación y desarrollo de normas de construcción (eurocódigos); estudios para garantizar la seguridad y la fiabilidad de los edificios y las estructuras de ingeniería civil contra los movimientos sísmicos, los impactos rápidos y las vibraciones del tráfico, incluidas las aplicaciones para la conservación de los monumentos significativos para el acervo cultural europeo, la evaluación de su degradación y las técnicas para su restauración,

- aplicación de las técnicas de observación de la Tierra a la evaluación de riesgos y daños, y a la supervisión y gestión de las consecuencias de catástrofes naturales como los incendios forestales, las inundaciones, los corrimientos de tierras, las sequías y las tormentas costeras.

II. AUMENTO DE LA SOSTENIBILIDAD

El desarrollo tecnológico, el crecimiento sostenible y el respeto y la protección del medio ambiente son objetivos fundamentales para la Comunidad, consagrados en el Tratado y perseguidos mediante políticas y acciones comunes.

El quinto programa comunitario de medio ambiente (1992-2000) constituye la base de la política medioambiental de la Comunidad Europea y presenta el desarrollo sostenible como el gran desafío de los años noventa. En un plan de acción recientemente publicado se contabilizan cinco ámbitos prioritarios en los que debe reforzarse la acción comunitaria. Se trata en primer lugar de mejorar la integración de los aspectos medioambientales en otras políticas como la agricultura, el transporte, la energía, la industria y el turismo; en segundo lugar, está la utilización de una amplia gama de instrumentos, especialmente los basados en el mercado, pero también las políticas estructurales, para aplicar las políticas de la Comunidad; en tercer lugar, hay que mejorar la aplicación de la legislación comunitaria; en cuarto lugar, se trata de sensibilizar más al público; y en quinto lugar, debe resaltarse el perfil de la Unión en los asuntos internacionales, reforzando la cooperación con los países de Europa Central y Oriental y los de la Asociación Euromediterránea, ampliando el papel de la Unión Europea en las acciones internacionales en favor del medio ambiente y en el tratamiento de las cuestiones comerciales y medioambientales.

Los servicios científicos y técnicos del CCI aportarán los conocimientos necesarios para ayudar a comprender los problemas en cuestión y apoyar la aplicación de los cinco puntos del plan de acción. El amplio abanico de disciplinas que abarca el CCI permitirá contribuir a establecer límites válidos y viables para los agentes contaminantes, a producir materiales de referencia comúnmente admitidos y métodos de medición para supervisarlos, a determinar la incidencia de la legislación propuesta, a establecer las mejores tecnologías disponibles y evaluar los conocimientos científicos disponibles para mejorar los métodos industriales y reducir la contaminación, a comprender los procesos vinculados al cambio climático del planeta y su incidencia, y a identificar nuevas tecnologías que podrían incidir en el desarrollo sostenible. Se harán esfuerzos particulares en el sector de la energía y el transporte.

Las labores de investigación del CCI en favor del desarrollo sostenible servirán de apoyo a la Comisión, al Parlamento Europeo, a los Estados miembros y a las agencias de la Unión Europea interesadas, e incluirán los siguientes aspectos:

II.1. Integración de la protección del medio ambiente en otras políticas de la Comunidad

La Comisión, en virtud del Tratado, está obligada a evaluar las consecuencias de toda propuesta que pueda incidir en el medio ambiente, y a esforzarse por integrar los objetivos de sostenibilidad en las políticas sectoriales de agricultura, energía, transporte y desarrollo regional. El CCI apoyará este esfuerzo mediante:

- estudios socioeconómicos y tecnoeconómicos destinados a mejorar la integración de la protección del medio ambiente en las políticas sectoriales de la Comunidad, incluyendo estudios de casos y la puesta a punto de métodos de medición y análisis de los instrumentos normativos (por ejemplo, la denominada «contabilidad verde»),

- estudios sobre la dinámica de ocupación y utilización del suelo y las tendencias del desarrollo regional y urbano; investigaciones sobre los problemas agroambientales, recurriendo principalmente a las técnicas de observación de la Tierra, y sobre la gestión de las zonas costeras y la elaboración y armonización de indicadores de deterioro del medio ambiente.

II.2. Contaminación

La legislación de la Comunidad exige que las nuevas infraestructuras industriales utilicen las mejores técnicas disponibles, a fin de reducir la contaminación de forma integrada, es decir, teniendo en cuenta todas las formas de contaminación (del aire, el suelo y el agua). Para permitir esta integración y apoyar todas las demás medidas de control de la contaminación, es necesario poner a punto sistemas de detección de agentes contaminantes y armonizar los métodos de medición en toda la Comunidad. El trabajo del CCI incluirá, por tanto, las tareas siguientes:

- apoyo a la legislación medioambiental destinada a la prevención y el control integrados (por ejemplo agua, aire, suelo) de la contaminación industrial; elaboración de un marco de referencia para la utilización de las mejores tecnologías disponibles en diversos sectores industriales; evaluación de la incidencia de la legislación sobre el empleo y la competitividad,

- apoyo a la armonización internacional de las técnicas de vigilancia de la contaminación; elaboración y producción de materiales de referencia y medidas de control de la contaminación en distintos medios (suelo, agua, aire, medio biótico, etc.),

- investigación destinada a respaldar la armonización y la validación de métodos de referencia para el análisis de la calidad, la vigilancia, el tratamiento y la gestión de las aguas; evaluación de los riesgos toxicológicos vinculados a los agentes contaminantes del agua; intervención en casos de emergencia; procedimientos y criterios de control de la calidad del agua; estudios sobre las prácticas de gestión de las aguas y su incidencia en las zonas geográficas protegidas por la legislación de la Comunidad Europea y en las zonas propensas a las inundaciones y a la sequía,

- puesta a punto de técnicas que permitan localizar la contaminación del suelo debida a actividades industriales, supervisar casos de contaminación marina (por ejemplo, la proliferación de algas, los derrames de petróleo) y detectar los buques causantes de contaminación,

- investigación destinada a respaldar la armonización y la validación de métodos de control de la calidad del aire y de criterios de medición de la calidad del aire en las zonas urbanas y zonas adyacentes; incidencia de los combustibles alternativos en la calidad del aire y las emisiones de micropartículas; vigilancia de la radiactividad en el medio ambiente; programas regionales de vigilancia medioambiental de zonas específicas (por ejemplo, el Convenio de los Alpes).

II.3. El cambio planetario

Al firmar el Protocolo de Kioto, las naciones industrializadas se comprometieron a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero. La Unión Europea, que participó en las negociaciones en nombre de los Estados miembros, prometió reducir las emisiones un 8 % respecto a los niveles de 1990. La Unión Europea necesita una asistencia técnica sólida para mantener su credibilidad como parte firmante del Covenio marco sobre el cambio climático, reforzar su posición en el escenario internacional, comprender qué posibilidades de futuro se le ofrecen a Europa, incluidas las implicaciones en materia de recursos naturales gestionados y no gestionados, de salud pública y de biodiversidad, resaltar los riesgos y las incertidumbres, y elaborar políticas adecuadas. El CCI apoyará la política de la Comunidad mediante:

- el estudio de los flujos de gases de efecto invernadero y de aerosoles; la investigación sobre los procesos que comportan emisiones de gases de efecto invernadero; la evaluación de las consecuencias del Protocolo de Kioto sobre los niveles de emisión, la calidad del aire, el cambio climático y la economía europea; el apoyo a las iniciativas políticas europeas,

- la explotación de las técnicas de observación de la Tierra para cartografiar y supervisar los recursos mundiales fundamentales marinos y terrestres y hacer un inventario de éstos; los sistemas y modelos de información planetaria facilitarán el análisis y la comprensión de las tendencias observadas; las redes de investigación europeas tendrán acceso a las bases de datos mundiales.

II.4. Energía y transporte

El consumo final de energía en Europa se distribuye casi a partes iguales entre la industria (29 %), el transporte (32 %) y los sectores doméstico y terciario (39 %). La mayor parte de esta energía procede de combustibles fósiles, con los productos derivados del petróleo que dominan en el sector transporte y casi dos tercios de todo el carbón utilizado para la producción de electricidad. Europa sólo podrá respetar los acuerdos internacionales y alcanzar un crecimiento sostenible adoptando medidas eficaces para reducir las emisiones y sustituir los combustibles fósiles por fuentes de energía renovables. En el Libro Verde de 1996 sobre las fuentes de energía renovables se señala que el marco ofrecido por el Tratado CE permite ampliamente fomentar las fuentes de energía renovables, y propone que la Comunidad refuerce su política para lograr, de aquí a 2010, el objetivo de producir el 12 % de la energía necesaria para el consumo interior bruto a partir de fuentes renovables. El CCI apoyará la política de la Comunidad mediante:

- la integración de las fuentes de energía renovables en los sistemas energéticos y los estudios socioeconómicos relacionados; el desarrollo de nuevas técnicas de prueba y elaboración de propuestas para la preparación de códigos y normas para los sistemas fotovoltaicos y solares térmicos, los sistemas de almacenamiento de energía de nueva generación, las pilas de combustible y los materiales de aislamiento y otros materiales y dispositivos que favorecen el bajo consumo energético; y el estudio de la utilización del hidrógeno como combustible, prestando especial atención a las cuestiones de seguridad y al análisis de los aspectos tecnoeconómicos,

- el apoyo a la elaboración y a la armonización de los métodos de prueba, procedimientos de control y normas y reglas para los materiales y componentes utilizados en las instalaciones de producción de energía de alto rendimiento y en los sistemas de alta temperatura. Se prestará especial atención a la mejora de la seguridad y de la vida útil y a la reducción de emisiones,

- la investigación sobre la interacción de los neutrones y los materiales; el suministro de datos de referencia sobre neutrones para la producción de energía en el marco de convenios internacionales; estudios tecnoeconómicos relacionados con ello; y formación de alto nivel en favor de la industria, dedicando especial atención a la asociación de los países candidatos a la adhesión y en fase de preadhesión,

- la elaboración y validación de nuevas técnicas de reducción de las emisiones aplicables a los sistemas de transporte terrestres, aéreos y marítimos; el análisis de los datos relativos a distintas tecnologías de reducción de las emisiones y la creación de un laboratorio de referencia para la coordinación de experiencias y de redes entre laboratorios; la realización de estudios de rentabilidad y modelos tecnoeconómicos; y la elaboración de la base de normas técnicas,

- estudios adecuados destinados a evaluar la evolución de la demanda de sistemas de transporte urbanos y regionales en apoyo de la política de transportes de la Comunidad.

II.5. Agricultura, desarrollo rural y pesca

La política de la Comunidad consiste en aumentar la competitividad de la agricultura en los mercados mundiales y reforzar la prioridad otorgada al desarrollo rural sostenible, a los productos que responden a los deseos de los consumidores y a las prácticas más respetuosas del medio ambiente. Todo esto debería preparar la ampliación hacia el Este, que representará un aumento del 50 % de la superficie agrícola y una duplicación de la mano de obra agrícola. La lucha antifraude es importante, debido al volumen del presupuesto en cuestión, a las preocupaciones sanitarias en el caso de la agricultura y a las preocupaciones vinculadas al desarrollo sostenible en el caso de la pesca. El CCI seguirá desempeñando un papel activo de apoyo de esta política mediante:

- estudios tecnoeconómicos y prospectivos destinados a mejorar la comprensión de las tendencias a largo plazo de las políticas vinculadas a la cadena alimentaria y al desarrollo regional. Se hará hincapié en la contribución de la ciencia y la tecnología a estas políticas fundamentales de la Comunidad y se tendrá en cuenta un marco político amplio (ampliación, política mediterránea, etc.),

- estudios sobre la evolución del medio rural; vigilancia mediante la observación de la Tierra de los cambios en las regiones rurales y costeras (incidencia en el medio ambiente, desarrollo y gestión de los bosques, tendencias en agricultura y en acuicultura, turismo, etc.) y gestión de las zonas costeras,

- la elaboración y evaluación de métodos de vigilancia de las actividades reguladas en el sector pesquero,

- el desarrollo de modelos agrometeorológicos de previsión de los rendimientos de los cultivos (sobre todo, con vistas a la ampliación de la Unión Europea); vigilancia de los resultados para garantizar la coherencia con las prioridades de la política agrícola común y las medidas antifraude; armonización y control de la calidad del trabajo realizado en los Estados miembros sobre las declaraciones de los agricultores; reorientación del sistema de información geográfico sobre la agricultura hacia los sectores prioritarios de las actividades agrícolas; y elaboración de métodos estadísticos avanzados y de estrategias de muestreo destinadas a controlar las subvenciones en la etapa decisiva de la liquidación de cuentas,

- la concepción y explotación de una base de datos para el registro y el control de los movimientos de ganado en toda la Comunidad; asistencia técnica a la puesta en marcha de un sistema de identificación y etiquetado fiable de todo el ganado de la Comunidad, incluido el control de calidad global y la certificación de sistemas electrónicos,

- la elaboración y producción de materiales de referencia certificados y la elaboración de métodos de referencia para garantizar la calidad de los productos agrícolas (por ejemplo, componentes nutritivos, microcontaminantes en materias primas, etc.).

III. RESPALDO A LA COMPETITIVIDAD EUROPEA

La principal contribución de la Comunidad al desarrollo económico, el crecimiento y la creación de empleo es el fomento de la competitividad industrial y de un mercado interior eficaz para todos los productos y servicios. Del mismo modo, la Comunidad negocia acuerdos comerciales con terceros países, para garantizar un régimen justo de acceso a los mercados para los productos de la Comunidad y estimular el crecimiento económico de los países en desarrollo. El crecimiento económico es, asimismo, el objetivo de la financiación estructural, que incluye programas como PHARE y TACIS y que puede contribuir a preparar a las regiones y los países menos favorecidos para integrarse más plenamente en el mercado interior y la economía mundial.

La equidad de las transacciones comerciales depende de normas acordadas a nivel internacional, por lo que el CCI seguirá apoyando el fomento y el desarrollo de normas, tipologías, códigos de buenas prácticas e instrumentos de referencia europeos e internacionales bien fundamentados. El apoyo a la política estructural incluirá la transferencia a la industria de las tecnologías desarrolladas en el CCI y medidas destinadas a estimular la competitividad en el mercado mundial de sectores emergentes como la industria de la observación de la Tierra, donde el CCI posee competencias específicas, y el desarrollo de una infraestructura científica en los países de la Asociación Euromediterránea. Estos esfuerzos se verán respaldados por estudios más generales destinados a determinar las modalidades de transferencia de tecnología de la investigación a la industria y la manera en que el empleo se ve afectado por la evolución de las prácticas y las estructuras industriales.

III.1. Empleo, tecnología y competitividad industrial

Las cuestiones vinculadas al empleo y a la competitividad seguirán dominando el debate político en Europa durante los próximos años. El CCI contribuirá en este ámbito mediante:

- el estudio de las relaciones que existen entre la tecnología, el empleo y la competitividad; el censo de las mejores prácticas para estimular el crecimiento y el empleo; el análisis de la influencia de las tendencias sociales (edad, sexo, etc.), los cambios estructurales registrados en los distintos sectores (industria, servicios, instituciones, etc.), los cambios tecnológicos y las políticas de la Comunidad (euro, ampliación, desregulación, etc.) de cara a la competitividad y el empleo futuros en Europa,

- el análisis de los factores que limitan el desarrollo de las regiones europeas menos favorecidas, con vistas a eliminar los efectos de embudo y mejorar la competitividad y la situación del empleo; el análisis prospectivo de las prioridades de la investigación comunitaria y del papel de la ciencia y la tecnología en el desarrollo regional.

III.2. Asistencia normativa al sistema comercial internacional

Antes de realizar las considerables inversiones que exige su entrada en los mercados, las empresas necesitan condiciones de acceso al mercado previsibles y fiables. Asimismo, también es necesario que los agentes económicos puedan remitir a métodos de medición bien conocidos, comprobables e internacionalmente admitidos, a fin de garantizar la transparencia de la normativa del mercado y evitar toda práctica de competencia desleal y todo litigio inútil. Para lograr estos objetivos, el CCI se encargará de:

- la caracterización, la producción, el almacenamiento, las pruebas de estabilidad y la distribución internacional de materiales de referencia certificados por la Oficina Comunitaria de Referencia (BCR) respalda muchas de las actividades que realiza el CCI para apoyar distintas políticas (medio ambiente, protección de los consumidores, salud, competitividad industrial, etc.); la producción de materiales de referencia certificados para la industria, especialmente en caso de necesidad de intervención urgente o de sustitución de existencias,

- la elaboración y realización de mediciones isotópicas primarias; la producción de materiales de referencia isotópicos y la creación de un instituto virtual de mediciones isotópicas primarias con los institutos nacionales interesados, para facilitar la comparabilidad transfronteriza de las mediciones químicas, apoyar a los organismos de acreditación y a los sistemas de garantía de calidad, y para permitir vincular las mediciones químicas con referencias comunes; y la asistencia a los Estados miembros en la elaboración de sus propios sistemas de metrología,

- el desarrollo y la validación de métodos de referencia analíticos para elementos y sus formas químicas, radionucleidos y constituyentes orgánicos; la investigación sobre la metrología de los radionucleidos para la preparación de normas primarias, la calibración de equipos y la determinación de microcontaminantes,

- la investigación prenormativa y el apoyo al desarrollo de normas de medición y de prueba para los materiales de tecnologías emergentes como las nanotecnologías.

III.3. Innovación y transferencia de tecnología

Está reconocido universalmente que la innovación es el motor de la competitividad y el crecimiento. El CCI apoyará los esfuerzos por aumentar la comprensión de los procesos que regulan la transferencia de conocimientos del sector de la investigación al sector privado y adoptará medidas para que la industria aproveche al máximo los efectos positivos de sus propias investigaciones tecnológicas. Esta labor incluye los elementos siguientes:

- estudios relativos al sistema de innovación europeo, destinado a mejorar la explotación del potencial científico y tecnológico de Europa; se dedicará especial atención al censo de los mejores métodos y prácticas para la creación, la transferencia y la comercialización de conocimientos, la organización de empresas, la cobertura de las necesidades de educación y formación y de las necesidades específicas de las PYME, así como la puesta a punto de una interfaz entre las redes del CCI y las redes de política de empresa,

- apoyo al desarrollo de una industria de la observación de la Tierra, competitiva y con un valor añadido duradero, definiendo los nuevos usuarios, creando nuevos productos y servicios y desarrollando instrumentos de apoyo para los usuarios de los datos, la información y los servicios derivados de la observación de la Tierra,

- explotación de los resultados obtenidos por el CCI; estudios destinados a comprender las necesidades de los usuarios; selección de proyectos de innovación y transferencia de tecnologías para las tecnologías desarrolladas por el CCI; demostraciones destinadas a los usuarios y a los inversores potenciales; se dará prioridad a la colaboración con las PYME de alta tecnología.

III.4. Ampliación, preadhesión y cooperación internacional

El aumento de los flujos tecnológicos por efecto de la mundialización de los mercados y de los objetivos actuales de la Comunidad Europea en materia de política exterior, así como la necesidad de proteger eficazmente los intereses económicos de la Unión Europea, exigen el refuerzo del diálogo y la cooperación científica y tecnológica con los países que serán socios de la Unión Europea. El CCI apoyará el proceso de ampliación compartiendo sus conocimientos con los científicos de los futuros Estados miembros, acogiendo a sus científicos y facilitándoles el uso de sus instalaciones y la participación en sus redes. El CCI llevará a cabo, en particular, las tareas siguientes:

- fomentar la asociación de las organizaciones de los países candidatos y otros terceros países a los programas internacionales de evaluación de la calidad y de medición; ampliar las redes sobre materiales avanzados y normalización a las industrias e institutos de investigación de estos países,

- intensificar la cooperación con los países de la Asociación Euromediterránea, a fin de intercambiar las mejores prácticas y los conocimientos científicos, y contribuir desde el ámbito tecnoeconómico a lograr los objetivos del proceso iniciado en Barcelona,

- desarrollar una base multidisciplinaria de datos geográficos armonizados y coherentes para una Unión Europea ampliada. El CCI garantizará la coordinación técnica necesaria y estimulará la elaboración de normas para los programas informáticos y los métodos destinados a garantizar la plena interoperabilidad de los sistemas de información geográfica.

ANEXO III

NORMAS DE EJECUCIÓN PROPIAS DEL PROGRAMA ESPECÍFICO

1.La Comisión, previa consulta al Consejo de administración del CCI, ejecutará las acciones directas sobre la base de los objetivos y contenidos científicos descritos en el anexo II. Las actividades relativas a esta acción se realizarán en los institutos pertinentes del CCI.

2. Al llevar a cabo sus actividades, el CCI, cuando sea apropiado y posible, organizará o participará en redes de laboratorios públicos y privados de los Estados miembros o consorcios europeos de investigación. Se prestará especial atención a la cooperación con la industria, especialmente con las pequeñas y medianas empresas. Los organismos de investigación establecidos en terceros países podrán también participar en proyectos de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad y dichos terceros países. También se prestará especial atención a la cooperación con los laboratorios de investigación y los institutos de los países de Europa Central y Oriental y de la antigua Unión Soviética.

Los conocimientos adquiridos mediante la aplicación de los proyectos serán difundidos por el propio CCI (teniendo en cuenta posibles limitaciones por razones de confidencialidad).

3. Las medidas complementarias incluirán:

- la organización de visitas a institutos del CCI por parte de becarios, científicos visitantes y expertos en comisión de servicio,

- la organización del traslado en comisión de servicio del personal del CCI a laboratorios nacionales, laboratorios industriales y universidades,

- la formación especializada para la elaboración o aplicación de políticas europeas y formación especializada con énfasis en la multidisciplienaridad,

- el intercambio sistemático de información, mediante, entre otras cosas, la organización de seminarios científicos, talleres y coloquios, y publicaciones científicas,

- la evaluación independiente, científica y estratégica, del rendimiento de los proyectos y programas.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 25/01/1999
  • Fecha de publicación: 12/03/1999
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la Decisión 99/182, de 22 de diciembre de 1998 (Ref. DOUE-L-1999-80202).
Materias
  • Centro Común de Investigaciones Nucleares
  • Desarrollo tecnológico
  • Investigación científica
  • Programas

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