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Documento DOUE-L-1999-80456

Decisión del Consejo, de 25 de enero de 1999, por la que se aprueba un programa específico de investigación, demostración y desarrollo tecnológicos para el incremento del potencial humano de investigación y de la base de conocimientos socioeconómicos (1998-2002).

Publicado en:
«DOCE» núm. 64, de 12 de marzo de 1999, páginas 105 a 126 (22 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1999-80456

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 4 de su artículo 130 I,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),

(1) Considerando que el Parlamento Europeo y el Consejo, mediante la Decisión n° 182/1999/CE (4), han adoptado el quinto programa marco de la Comunidad Europea (denominado en lo sucesivo «el quinto programa marco») para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (denominadas en lo sucesivo «IDT») para el período 1998-2002, por el que se establece el marco general y los objetivos científicos y tecnológicos de las actividades que deberán llevarse a cabo en el ámbito del incremento del potencial humano de investigación y de la base de conocimientos socioeconómicos;

(2) Considerando que el apartado 3 del artículo 130 I del Tratado CE establece que el programa marco se ejecutará mediante programas específicos desarrollados dentro de cada una de las acciones que lo componen y que cada programa específico precisará sus modalidades de realización, fijará su duración y preverá los medios que se estimen necesarios;

(3) Considerando que, de conformidad con el apartado 2 del artículo 4 de la Decisión n° 1110/94/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de abril de 1994, relativa al cuarto programa marco de la Comunidad Europea para acciones comunitarias en materia de investigación desarrollo tecnológicos y demostración (1994-1998) (5) y con el apartado 2 del artículo 4 de las Decisiones del Consejo sobre los programas específicos mediante los cuales se ejecuta el cuarto programa marco, la Comisión ha encargado una evaluación externa que ha remitido, junto con sus conclusiones y observaciones, al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones;

(4) Considerando que, de conformidad con el artículo 130 J del Tratado, se aplica al presente programa específico la Decisión 1999/65/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1998, relativa a las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades, y a las normas de difusión de los resultados de la investigación para la ejecución del quinto programa marco de la Comunidad Europea (1998-2002) (6) (denominadas en lo sucesivo «normas de participación y difusión»), Decisión que permite la participación del Centro Común de Investigación (CCI) en las acciones indirectas a las que se refiere el presente programa específico;

(5) Considerando que, para la ejecución del presente programa y como complemento de la cooperación regulada por el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o por un acuerdo de asociación, puede resultar conveniente llevar a cabo actividades de cooperación internacional con organizaciones internacionales o terceros países, basándose, en particular, en el artículo 130 M del Tratado;

(6) Considerando que la aplicación del presente programa incluirá también algunos mecanismos y actividades destinados a estimular, difundir y explotar los resultados de la IDT, en particular con respecto a las pequeñas y medianas empresas;

(7) Considerando que es importante que las comunidades científica, industrial y de usuarios contribuyan sustancialmente a la definición de las actividades que se emprendan y que participen, según convenga, en la aplicación del presente programa;

(8) Considerando que las actividades de investigación del quinto programa marco deben orientarse hacia la innovación, para contribuir, entre otras cosas, a la realización de los objetivos del primer plan de acción para la innovación;

(9) Considerando que el incremento del potencial humano constituye un factor esencial en la mejora de la competitividad, la innovación y el empleo en la Comunidad;

(10) Considerando que debería destacarse especialmente el fomento de la participación de las pequeñas y medianas empresas;

(11) Considerando que la política de igualdad de oportunidades de la Comunidad debe tenerse en cuenta en la aplicación del presente programa;

(12) Considerando que una gestión eficaz y transparente contribuye a mejorar la eficacia y accesibilidad del presente programa;

(13) Considerando que los gastos administrativos deben incluirse en el presupuesto comunitario de manera transparente;

(14) Considerando que, por una parte, conviene examinar el estado de realización del presente programa, para adaptarlo, cuando sea necesario, a la evolución científica y tecnológica, y que, por otra parte, conviene encomendar a expertos independientes, en el momento oportuno, una evaluación del estado de realización de las actividades del programa;

(15) Considerando que se ha consultado al Comité de investigación científica y técnica sobre el contenido científico y tecnológico de los programas específicos,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

De conformidad con el apartado 1 del artículo 3 del quinto programa marco, se aprueba el programa específico relativo al incremento del potencial humano de investigación y de la base de conocimientos socioeconómicos (denominado en lo sucesivo «el programa específico») para el período comprendido entre el 25 de enero de 1999 y el 31 de diciembre de 2002.

Artículo 2

1. De conformidad con el anexo III del quinto programa marco, el importe que se estima necesario para la ejecución del programa específico asciende a 1 280 millones de euros, incluido un 6,55 % como máximo para los gastos administrativos de la Comisión.

En el anexo I figura un desglose indicativo de este importe.

2. De la cantidad a que se refiere el apartado 1,

- 293 millones de euros se destinan al período 1998-1999,

y

- 987 millones de euros al período 2000-2002.

En el caso contemplado en la letra c) del apartado 1 del artículo 2 del quinto programa marco, el Consejo adaptará esta última cantidad con arreglo a lo dispuesto en el segundo guión de la letra c) del apartado 1 del artículo 2 del quinto programa marco. Hasta tanto el Consejo adopte una decisión, el presente programa específico no se ejecutará más allá de la dotación fijada en el primer guión.

3. De conformidad con los objetivos científicos y tecnológicos y con las prioridades establecidas en la presente Decisión, la Autoridad Presupuestaria establecerá los créditos correspondientes a cada ejercicio financiero teniendo en cuenta los recursos asignados dentro de las perspectivas financieras plurianuales.

Artículo 3

1. En el anexo II se exponen las líneas maestras y los objetivos científicos y tecnológicos del programa específico, así como las prioridades correspondientes, que se definen conforme a los principios fundamentales y las tres categorías de criterios de selección que figuran en el anexo I del quinto programa marco.

2. Conforme a dichos principios y criterios, para la selección de las actividades de IDT que deban realizarse, se aplicarán los criterios de selección enunciados en el artículo 10 de las normas de participación y difusión.

En el anexo IV figuran los criterios de selección propios del programa específico.

En la ejecución del programa, incluido el programa de trabajo definido en el apartado 1 del artículo 5, se respetarán todos los criterios mencionados, aunque podrán ser objeto de ponderaciones diferentes.

3. Se aplicarán al programa específico las normas de participación y difusión.

4. Las modalidades de la participación financiera comunitaria en el programa específico serán las previstas en el artículo 4 del quinto programa marco.

Las acciones indirectas de IDT del programa específico se definen en los anexos II y IV del quinto programa marco.

Las normas de ejecución propias del programa específico se precisan en el anexo III de la presente Decisión.

Artículo 4

Teniendo en cuenta los criterios fijados en el artículo 3 y los objetivos científicos y tecnológicos y las prioridades que figuran en el anexo II, la Comisión:

a) con la asistencia oportuna de expertos externos independientes, examinará el estado de realización del programa específico y, en su caso, presentará al Consejo propuestas de adaptación, de conformidad con el apartado 1 del artículo 5 del quinto programa marco;

b) se ocupará de que se efectúe, según se indica en el apartado 2 del artículo 5 del quinto programa marco, la evaluación externa de las actividades realizadas en los ámbitos a los que se aplica el programa específico.

Artículo 5

1. La Comisión elaborará un programa de trabajo en el que se precisarán:

a) los objetivos y prioridades de IDT del anexo II con mayor detalle;

b) el calendario indicativo de ejecución del programa específico;

c) las modalidades de coordinación indicadas en el anexo III y las disposiciones para garantizar los objetivos, relacionados con la innovación y la participación de las pequeñas y medianas empresas, de la tercera acción del quinto programa marco;

d) cuando sea necesario, los criterios de selección, así como sus modalidades de aplicación para cada tipo de acción indirecta de IDT.

2. El programa de trabajo tendrá en cuenta los intereses adecuados, en particular los de las comunidades científica, industrial y de usuarios. Servirá de base para la ejecución de las acciones indirectas de IDT con arreglo a los procedimientos establecidos en las normas de participación y difusión.

3. Cuando sea necesario, se actualizará el programa de trabajo, que la Comisión pondrá a disposición de todas las partes interesadas en un soporte de fácil manejo, incluido el soporte electrónico.

Artículo 6

1. La ejecución del presente programa específico corresponderá a la Comisión.

2. Se aplicará el procedimiento establecido en el artículo 7 para la adopción de las siguientes medidas:

- la elaboración y actualización del programa de trabajo contemplado en el apartado 1 del artículo 5, también en relación con el contenido de las convocatorias de propuestas;

- la aprobación de las acciones de IDT propuestas para financiación, incluida la participación de entidades de terceros países, cuando el importe estimado de la contribución comunitaria en virtud del presente programa sea igual o superior a 0,3 millones de euros;

- la elaboración del mandato para la evaluación externa que figura en el apartado 2 del artículo 5 del quinto programa marco;

- cualquier ajuste del desglose indicativo del importe que figura en el anexo I.

Artículo 7

1. La Comisión estará asistida por un comité del programa (en lo sucesivo denominado «el Comité») compuesto por Representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión.

2. En los casos contemplados en el apartado 2 del artículo 6, el representante de la Comisión presentará al Comité un proyecto de medidas que deban tomarse. El Comité emitirá su dictamen sobre dicho proyecto en un plazo que el presidente podrá determinar en función de la urgencia de la cuestión de que se trate. El dictamen se emitirá según la mayoría prevista en el apartado 2 del artículo 148 del Tratado para adoptar aquellas decisiones que el Consejo deba tomar a propuesta de la Comisión. Con motivo de la votación en el Comité, los votos de los Representantes de los Estados miembros se ponderarán de la manera definida en el artículo anteriormente citado. El presidente no tomará parte en la votación.

3. a) La Comisión adoptará las medidas previstas cuando sean conformes al dictamen del Comité.

b) Cuando las medidas previstas no sean conformes al dictamen del Comité o en caso de ausencia de dictamen, la Comisión someterá sin demora al Consejo una propuesta relativa a las medidas que deban tomarse. El Consejo se pronunciará por mayoría cualificada.

Si, transcurrido un plazo de nueve semanas a partir del momento de presentación de la propuesta al Consejo, éste no se hubiere pronunciado, la Comisión adoptará la medidas propuestas.

4. La Comisión informará periódicamente al Comité sobre la evolución general de la ejecución del programa específico y, en particular, le facilitará información sobre el estado de realización de todas las acciones de IDT financiadas en virtud del presente programa.

5. El Comité recibirá el apoyo de un subcomité integrado por representantes de los Estados miembros. Su cometido consistirá en brindar asesoramiento sobre la ejecución de la investigación socioeconómica en dicho programa y en ofrecer una visión general de la investigación socioeconómica en el conjunto del programa marco.

Artículo 8

De conformidad con el apartado 4 del artículo 5 del quinto programa marco, la Comisión informará periódicamente al Consejo y al Parlamento Europeo del estado de realización general de la ejecución del programa, así como de la participación de las pequeñas y medianas empresas y de la simplificación de los procedimientos administrativos.

Artículo 9

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 25 de enero de 1999.

Por el Consejo

El Presidente

J. FISCHER

_______

(1) DO C 260 de 18.8.1998, p. 87.

(2) Dictamen emitido el 15 de diciembre de 1998 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(3) DO C 407 de 28.12.1998, p. 123.

(4) DO L 26 de 1.2.1999, p. 1.

(5) DO L 126 de 18.5.1994, p. 1. Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión n° 2535/97/CE (DO L 347 de 18.12.1997, p. 1).

(6) DO L 26 de 1.2.1999, p. 46.

ANEXO I

DESGLOSE INDICATIVO DEL IMPORTE ESTIMADO NECESARIO

Tipo de acción -- Importe (en millones de euros)

- Apoyo a la formación y la movilidad de los investigadores .... 858

- Mejora del acceso a las infraestructuras de investigación .... 182

- Fomento de la calidad científica y tecnológica ..... 50

- Acción clave: mejora de la base de conocimientos socioeconómicos ... 165

- Acciones de apoyo en las políticas científicas y tecnológicas europeas .. 25

Total ........... 1 280

ANEXO II

LÍNEAS MAESTRAS, OBJETIVOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS Y PRIORIDADES

INTRODUCCIÓN

El mundo gravita cada día más sobre el conocimiento. El capital más valioso de la Comunidad en este ámbito es la calidad de sus investigadores, ingenieros y técnicos. El objetivo es mantener y acrecentar ese potencial de conocimiento apoyando más la formación y la movilidad de los investigadores y mejorando el acceso a las infraestructuras de investigación.

La Comunidad tiene además una arraigada tradición investigadora en las áreas de la economía, la sociología y las humanidades, tradición que debe aprovecharse para determinar las tendencias y necesidades socioeconómicas actuales y futuras, a fin de potenciar la competitividad de la Comunidad y la calidad de vida de sus ciudadanos.

OBJETIVOS GENERALES

Los objetivos generales del programa, que se realizará de forma concertada con las actuaciones conexas del programa marco, se entran en torno a dos áreas de acción principales: mejorar el potencial humano de investigación y ampliar la base de conocimientos socioeconómicos. Con este fin, se actuará para:

- desarrollar el potencial humano de investigación de la Comunidad, haciendo especial hincapié en la igualdad de oportunidades y un mayor equilibrio entre hombres y mujeres, sobre todo a través de la formación y la movilidad de los investigadores, para contribuir, entre otras cosas, a la creación de nuevos puestos de trabajo,

- mejorar el acceso a las infraestructuras de investigación,

- contribuir a que la Comunidad se convierta en un lugar atractivo para los investigadores, promover la investigación europea en la escena internacional y fomentar una cultura científica y tecnológica europea,

- ampliar, mediante una acción clave específica, la base de conocimientos socioeconómicos, para comprender mejor los problemas cruciales a que se enfrenta la sociedad europea,

- contribuir a la definición de las políticas científica y tecnológica y otras políticas comunitarias.

1. ACCIONES ESPECÍFICAS DEL PROGRAMA

A. Incremento del potencial humano de investigación

1. Apoyo a la formación y la movilidad de los investigadores

Los conocimientos individuales y colectivos de los investigadores comunitarios constituyen un valioso capital. Sin embargo, la investigación científica se desarrolla en un entorno mundial fuertemente competitivo; en comparación con nuestros principales competidores, la Comunidad adolece de una relativa escasez de investigadores, una fragmentación y duplicación relativamente elevadas del esfuerzo investigador, un relativo aislamiento de los equipos de investigación, principalmente en las regiones periféricas y menos favorecidas de la Comunidad, una movilidad relativamente baja de los investigadores, tanto geográfica como entre los mundos académico e industrial, una tendencia general al envejecimiento de la población activa, que afecta también a la investigación, y una infrautilización del potencial de las mujeres investigadoras.

Para abordar estos problemas, la acción «Apoyo a la formación y movilidad de los investigadores» pretende crear un espacio de investigación, mediante los objetivos generales siguientes: fomento de la formación mediante la investigación de los jóvenes investigadores, en particular al comienzo de su vida profesional; fomento de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito de la investigación; fomento de la cooperación transnacional entre equipos de investigación, también con enfoques interdisciplinarios, en especial mediante la constitución de redes en torno a un proyecto de investigación común; fomento de la movilidad de los investigadores por toda Europa; impulso de la cooperación, la interacción y la movilidad de personas entre la investigación académica e industrial; y fomento de la cohesión científica y tecnológica de la Comunidad, en especial por lo que respecta a las regiones menos favorecidas.

Esta acción del programa se llevará a cabo en dos líneas: las redes de formación mediante la investigación y el sistema de becas Marie Curie. Ambas estarán abiertas a todas las áreas de la investigación científica que contribuyan a los objetivos de la Comunidad en materia de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, e irán destinadas a proyectos libremente escogidos por los propios participantes. Para la selección de los proyectos no se establecerán prioridades en función de la disciplina científica o del tema de que se trate, sino que se actuará conforme a un único criterio de calidad científica y pertinencia para los objetivos de las acciones (enfoque ascendente). No obstante, se realizará una evaluación (ex post) de los recursos asignados al proyecto en relación con los ámbitos de investigación y con la participación de hombres y mujeres.

Redes de formación mediante la investigación

El principal objetivo es fomentar la formación mediante la investigación, especialmente entre los jóvenes investigadores de nivel predoctoral y doctoral, en el marco de proyectos transnacionales de investigación colaborativa de alta calidad, incluidas las áreas de investigación emergentes. La ayuda comunitaria se otorgará tanto para reforzar los equipos de investigación pertenecientes a una red mediante la contratación temporal de investigadores jóvenes procedentes de otros países, como para colaborar en la financiación de los gastos derivados de la coordinación de los proyectos de investigación colaborativa que constituyen la base de las distintas redes.

Cada red establecerá su correspondiente programa de formación para jóvenes investigadores. Dicho programa aprovechará el carácter internacional de la red y, cuando proceda, la multidisciplinariedad del proyecto cooperativo, la complementariedad de los equipos que forman la red y los contactos de la red con el sector industrial. Las redes de formación mediante la investigación promoverán la formación de investigadores en un entorno relacionado con la industria e impulsarán la interacción entre la investigación académica e industrial cuando estas características correspondan al programa de formación de las redes. Todas las redes deberán ofrecer igualdad de oportunidades a los investigadores e investigadoras.

Sistema de becas Marie Curie

El sistema de becas Marie Curie se articula en torno a la concesión de becas individuales para jóvenes investigadores de alto nivel con la experiencia necesaria; las becas se concederán para temas elegidos por los propios investigadores. El sistema es un intento focalizado de aumentar la eficiencia de la financiación comunitaria de becas destinadas a la formación mediante la investigación.

Para participar, los investigadores deberán pertenecer a una de las tres categorías siguientes: i) jóvenes licenciados universitarios; ii) jóvenes investigadores con la experiencia necesaria (por ejemplo, investigadores con título de doctor o una experiencia mínima de investigación de posgrado de cuatro años, excluidos los estudios de doctorado), y iii) investigadores experimentados, es decir, normalmente con una experiencia de investigación posdoctoral de diez años y que formen parte del personal de un centro de investigación. En esta iniciativa se velará por la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Becas individuales Marie Curie

Estas becas proporcionarán formación avanzada mediante la investigación a los mejores jóvenes investigadores de Europa para que, en un futuro, formen la élite de la investigación europea. Las instituciones de investigación acogerán a jóvenes investigadores con la experiencia necesaria.

Además, al término del período de disfrute de una beca individual de dos años, los beneficiarios procedentes de regiones menos favorecidas que deseen retornar a una región menos favorecida de su país de origen podrán solicitar una beca de regreso.

Becas adicionales y complementarias

Becas Marie Curie de acogida en empresas

Estas becas proporcionarán a los jóvenes investigadores la ocasión de llevar a cabo su labor en entornos industriales o comerciales. El objetivo es también fomentar la colaboración entre la industria y la universidad. Las empresas industriales y comerciales acogerán a jóvenes licenciados e investigadores con la experiencia necesaria. La empresa de acogida deberá poner a disposición del becario unas instalaciones de investigación adecuadas y organizar la supervisión de sus actividades. Se adoptarán medidas especiales para las pequeñas y medianas empresas, a fin de estimular su participación en esta acción.

Becas Marie Curie de desarrollo

Estas becas contribuirán al desarrollo de una capacidad investigadora de alto nivel en las instituciones de investigación de las regiones menos favorecidas. Aquellas que necesiten desarrollar nuevas áreas de competencia acogerán a jóvenes investigadores con la necesaria experiencia de investigación. De esta forma se fomentará la cohesión científica y tecnológica de la Comunidad.

Becas Marie Curie para investigadores experimentados

Esta acción hará posible utilizar la capacidad de los investigadores experimentados europeos para facilitar la transferencia de conocimientos y tecnología entre los ámbitos industrial y académico (en ambas direcciones) y también hacia las regiones menos favorecidas. El investigador experimentado procedente de una empresa industrial o comercial se trasladará a una universidad o centro de investigación, o a la inversa; o bien procederá de una institución de investigación de una región menos favorecida, o se integrará en ella.

Estancias en centros de formación Marie Curie

Esta acción ofrecerá a los jóvenes investigadores que cursen estudios de doctorado la posibilidad de efectuar parte de los mismos en un centro de formación Marie Curie, lo que contribuirá a sacar el máximo partido de los centros de formación especializados dando así sentido a la actuación comunitaria.

2. Mejora del acceso a las infraestructuras de investigación

El acceso a las grandes infraestructuras de investigación es cada día más indispensable para los investigadores que trabajan en la vanguardia científica. La competitividad futura de los equipos de investigadores europeos frente a los de otras partes del mundo dependerá de que cuenten con unas infraestructuras avanzadas de este tipo.

La expresión «infraestructuras de investigación» hace referencia a los centros de instalaciones que brindan servicios esenciales a la comunidad científica. Incluye, por ejemplo, las grandes instalaciones de investigación independientes, las colecciones, los biotopos especiales, las bibliotecas, las bases de datos, las redes distribuidas de pequeñas instalaciones de investigación, así como los centros de cualificación, que prestan servicio a la comunidad científica reuniendo técnicas y conocimientos especializados.

Como el funcionamiento de la mayoría de las grandes infraestructuras de investigación en Europa depende principalmente de las autoridades nacionales y se destina sobre todo a los investigadores del país, el acceso suele estar limitado, a veces con carácter exclusivo, a los equipos de investigación nacionales.

El resultado es que numerosos investigadores no pueden utilizar las infraestructuras europeas más adecuadas para su trabajo. Además, algunas de estas escasas instalaciones avanzadas, que son propiedad de empresas industriales, no permiten el acceso a los investigadores que no trabajan en esas empresas.

Otra característica de la investigación europea es la poca cooperación transnacional que existe entre operadores de infraestructuras en numerosos ámbitos. Se lograría una importante dimensión comunitaria si se pudiera crear entre los operadores de infraestructuras el mismo espíritu de cooperación que empieza a existir entre los investigadores europeos.

En un contexto en el que la creación y el funcionamiento de las infraestructuras de investigación es competencia de las autoridades nacionales, la iniciativa «Mejora del acceso a las infraestructuras de investigación» se ha fijado los objetivos generales siguientes:

- patrocinar nuevas posibilidades de acceso transnacional a infraestructuras de investigación importantes que revisten interés a nivel comunitario,

- estimular la colaboración entre los operadores de infraestructuras y los usuarios a fin de que se utilicen de forma más efectiva las infraestructuras de investigación y, de este modo, mejore el servicio que prestan a la comunidad científica,

- prever acciones de coordinación, apoyo y acompañamiento que garanticen la coherencia con las acciones afines emprendidas en virtud de otros programas específicos.

Podrán participar en esta acción las infraestructuras de todos los campos de la investigación científica que contribuyan a los objetivos de la Comunidad en investigación, demostración y desarrollo tecnológicos, en la medida en que no estén acogidas ya a otras acciones del programa marco. La iniciativa se llevará a cabo principalmente concediendo ayudas a los investigadores en el marco de la acción «Acceso transnacional a las grandes infraestructuras de investigación». Además, habrá otras dos acciones complementarias: «Redes de cooperación entre infraestructuras» y «Proyectos de IDT para infraestructuras de investigación».

Acceso transnacional a las grandes infraestructuras de investigación

El objetivo es patrocinar nuevas oportunidades para que equipos de investigación (y también investigadores particulares) accedan a las grandes infraestructuras de investigación más adecuadas para su trabajo, independientemente del Estado miembro o asociado en que se encuentren unos y otras.

Para optar a las ayudas comunitarias, la infraestructura deberá prestar un servicio de categoría mundial que resulte necesario para la realización de investigaciones de máxima calidad, ser escasa en Europa, tener costes de inversión o funcionamiento relativamente altos en ese ámbito particular y prestar un adecuado apoyo científico, técnico y logístico a los usuarios externos, en particular si se trata de una primera utilización.

La ayuda comunitaria se concederá a operadores de infraestructuras seleccionadas para que brinden acceso gratuito a sus instalaciones a usuarios transnacionales. Cada operador tendrá que hacer una amplia publicidad de las posibilidades que se ofrecen y organizar una revisión paritaria independiente y basada en el mérito científico de las propuestas que reciba, si bien se dará prioridad a quienes no hayan utilizado antes la infraestructura y a los usuarios procedentes de países donde no existan instalaciones semejantes.

Como regla general, los usuarios que realicen investigaciones orientadas a la explotación de bienes de propiedad intelectual no podrán recibir ayudas acogiéndose a esta acción. Sin embargo, se hará una excepción en el caso de las pequeñas y medianas empresas que deseen utilizar una determinada infraestructura por primera vez.

Redes de cooperación entre infraestructuras

El objetivo es catalizar la coordinación autónoma y la puesta en común de recursos entre operadores y usuarios de infraestructuras con el fin de fomentar una cultura de colaboración mutua, generar una «masa crítica» que favorezca la investigación en técnicas, instrumentación y tecnologías de alto rendimiento, fomentar protocolos comunes y favorecer la interoperabilidad, así como estimular la complementariedad y la creación de grandes instalaciones «virtuales» y «distribuidas».

Se concederá ayuda comunitaria para contribuir a la coordinación de aquellas actividades conjuntas que puedan dar lugar a un uso y explotación más eficaces de las infraestructuras existentes y futuras pertinentes para la red. Los participantes en estas redes serán operadores de infraestructuras de investigación, equipos de investigación de universidades, centros de investigación y de la industria, representantes de usuarios de infraestructuras y fabricantes de equipo. Cada red se dedicará a aspectos diferentes de las infraestructuras de investigación europeas.

Proyectos de IDT para infraestructuras de investigación

El objetivo es apoyar los esfuerzos de investigación cooperativa que puedan tener una amplia repercusión a escala comunitaria para mejorar el acceso a las infraestructuras de un campo particular y el servicio que prestan las mismas. Se fomentarán especialmente estos proyectos de investigación cuando constituyan una ayuda para el trabajo de las redes de cooperación en infraestructuras del presente programa o de las acciones concertadas anteriores del programa Formación y movilidad de los investigadores.

3. Fomento de la calidad científica y tecnológica

La calidad científica y tecnológica es esencial para que Europa pueda triunfar en el entorno competitivo de la investigación y el desarrollo científicos internacionales. El fomento de la calidad deberá animar a los mejores investigadores y equipos a participar y comprometerse en la investigación europea y dar a conocer mejor los resultados más destacados de la investigación obtenidos por investigadores europeos.

Al mismo tiempo será importante acercar al público el conocimiento de la ciencia y la investigación en la sociedad con el objetivo de crear un entorno favorable para la investigación y el desarrollo tecnológicos y, en particular, para las actividades impulsadas por los programas marco comunitarios. Las actividades científicas y la investigación sólo podrán tener éxito y lograr la repercusión positiva que se espera de ellas si los ciudadanos adquieren un conocimiento básico de la ciencia y los temas científicos y adoptan una actitud global favorable hacia las correspondientes actividades y de sus resultados.

Siempre que sea posible, las acciones se basarán en iniciativas nacionales y las complementarán.

Encuentros científicos de alto nivel

Los encuentros científicos de alto nivel contribuirán al progreso de la ciencia mediante el intercambio de conocimientos, así como a la creación de las condiciones para que los investigadores experimentados, situados en la vanguardia del desarrollo científico y tecnológico, transmitan sus conocimientos y su experiencia a las generaciones siguientes. Los encuentros científicos crearán también el marco para el establecimiento de redes que integren a los investigadores comunitarios que trabajan fuera de la Comunidad, a fin de que mantengan e intensifiquen sus contactos y relaciones científicas con sus colegas residentes en Europa.

Los encuentros científicos podrán adoptar la forma de euroconferencias, eurocursos, euroseminarios o euroescuelas de verano. Por lo general serán actividades de pequeña envergadura. Los más interesantes podrán ser financiados para facilitar la participación de jóvenes investigadores. Se fomentará el uso de formas no tradicionales de conferencias científicas, por ejemplo por medios electrónicos. Los encuentros científicos estarán abiertos a todos los ámbitos de investigación y versarán sobre temas que los propios investigadores podrán elegir libremente.

Premios para trabajos de investigación de alto nivel

Los premios de investigación darán reconocimiento público a los investigadores que hayan obtenido resultados científicos o tecnológicos destacados mediante investigación en colaboración europea. También se concederán premios a los jóvenes que hayan realizado un trabajo científico destacable durante sus estudios secundarios o superiores, a fin de estimular a los premiados a proseguir sus esfuerzos en favor del futuro científico y tecnológico de Europa y fomentar el interés activo de otros jóvenes de su edad en la ciencia y la investigación.

Se han previsto los premios siguientes: premio Descartes para logros científicos y tecnológicos destacados, obtenidos mediante la investigación en colaboración europea; un premio para estudiantes de primer ciclo de enseñanza superior que hayan desarrollado ideas científicas o conceptos originales en ámbitos que impulsen el progreso de la ciencia europea; y el Concurso europeo de jóvenes científicos, que se organizará conjuntamente con las correspondientes actividades de sensibilización pública y estará orientado a descubrir jóvenes talentos científicos de entre quince y veinte años.

Sensibilización pública

El objetivo principal es sensibilizar a la opinión pública con respecto a las actividades científicas y de desarrollo tecnológico, en particular las patrocinadas por los programas de investigación europeos, para contribuir a una aproximación entre la ciencia europea y el ciudadano. Ello contribuirá a que los ciudadanos europeos comprendan mejor los efectos benéficos de la ciencia y la tecnología en sus vidas cotidianas, pero también sus limitaciones y posibles consecuencias. También se buscará sensibilizar a los científicos en relación con los temas que preocupan a la opinión pública.

Se otorgarán ayudas comunitarias para fomentar las redes europeas y el intercambio de las prácticas más idóneas entre proyectos e iniciativas nacionales o regionales que hayan tenido éxito, para organizar encuentros regulares entre científicos y la prensa especializada, para fomentar la participación de la mujer en la ciencia, para apoyar la organización de una Semana europea de la ciencia y la tecnología como escaparate del despliegue concertado y coordinado de esfuerzos europeos en ciencia e investigación, y para ofrecer, mediante redes electrónicas y otros medios adecuados, información sobre los temas científicos y tecnológicos de actualidad, en un lenguaje asequible para el ciudadano interesado en la ciencia que no sea especialista.

B. Acción clave: mejora de la base de conocimientos socioeconómicos

La Unión Europea obtiene su fuerza tanto de la diversidad sociocultural que existe entre sus miembros como de la semejanza de sus experiencias y valores comunes. La Comunidad posee además una arraigada tradición investigadora en el ámbito de la economía, la sociología y las humanidades, tradición que debe aprovecharse para descubrir las tendencias y necesidades socioeconómicas actuales y futuras, a fin de potenciar la competitividad de la Comunidad y la calidad de vida de sus ciudadanos.

En un período en el que se acumulan los desafíos, como por ejemplo los inaceptables niveles de desempleo, el envejecimiento de la población, la mundialización de la economía, el aumento de las desigualdades y la progresiva disminución de su contribución relativa a la economía mundial, la sociedad europea tendrá que cambiar para alcanzar un desarrollo socioeconómico sostenible, acrecentar la calidad de vida de todos sus ciudadanos y mantener y mejorar su posición competitiva en el mundo. Por consiguiente, las ciencias sociales deben ser capaces de responder a estos retos y de superar los límites nacionales, intensificando la cooperación entre ellas y mejorando su capacidad de análisis y, por ende, contribuyendo a la formulación de políticas. Por añadidura, la propia integración europea ha generado un nuevo objeto de estudio -la sociedad europea- que es distinto de la suma de sus componentes, si bien depende en gran medida de ellos.

El objetivo de esta acción clave es comprender mejor las transformaciones estructurales que se están produciendo en la sociedad europea para determinar el modo de hacer frente a los cambios y hacer que los ciudadanos europeos participen más activamente en la conformación de su futuro. Ello obligará a analizar las principales tendencias que están en el origen de estos cambios, las relaciones entre tecnología, empleo y sociedad y las repercusiones de las nuevas tecnologías en las condiciones de trabajo, así como revaluar los mecanismos de participación en la acción colectiva en todos los niveles de poder y elaborar nuevas estrategias de desarrollo que fomenten el crecimiento, el empleo y la cohesión económica y social.

Esta acción clave abarca diversos temas relacionados con los objetivos generales del programa marco. Con ella se pretende definir las bases de un desarrollo social, económico, cultural y generador de empleo, así como contribuir a la construcción de la sociedad europea del conocimiento. Dichos temas no deben considerarse aisladamente, sino como partes interrelacionadas de un marco coherente y global.

Las ayudas se destinarán a desarrollar una comprensión conceptual de los procesos antes descritos, basada en una investigación empírica, comparada y prospectiva, que incluirá la elaboración e integración de datos y de sistemas de indicadores y el establecimiento de una infraestructura de investigación común. Por consiguiente, esta actividad contribuirá a proporcionar al proceso de toma de decisiones políticas un conocimiento profundo de los retos a que se enfrenta Europa, de sus principales consecuencias y de las posibles opciones políticas para afrontarlos.

Tendencias sociales y cambios estructurales

En una situación caracterizada por profundos cambios estructurales, demográficos y sociales, la investigación intentará elucidar las complejas interacciones existentes entre las tendencias sociales, las oportunidades personales, los cambios en las estructuras familiares, los cambios económicos, las instituciones del mercado laboral, las pautas culturales y los sistemas de valores, teniendo en cuenta las diversidades regionales europeas. Se analizarán fenómenos como la xenofobia, el racismo y la migración. Se prestará atención a los efectos sobre el desarrollo económico, la integración y la protección sociales y los factores de las desigualdades sociales y la discriminación.

El estudio de estas interacciones permitirá comprender mejor las nuevas formas de trabajo y de organización del tiempo, la implantación de nuevas formas de empleo atípico, a tiempo parcial o de carácter temporal, así como la capacidad de la educación y la formación para preparar al individuo durante toda su vida a un entorno en evolución, y para mejorar el conocimiento de las cuestiones relativas a las desigualdades entre los sexos en la sociedad europea. El trabajo de investigación brindará una sólida base de conocimientos y contribuirá a la formulación y al desarrollo de las políticas europeas.

Tecnología, sociedad y empleo

Con estas investigaciones se pretende comprender mejor la relación de integración y dependencia entre tecnología y sociedad y contribuir a un enfoque integrado de la planificación y el desarrollo. Aunque actualmente se acepta la necesidad de integrar preocupaciones sociales, institucionales y medioambientales en el proceso de desarrollo tecnológico, las posibles opciones varían en función de los diversos tipos de tecnología, su nivel de desarrollo y su difusión en la sociedad. Se investigarán los modos de interacción entre los diversos agentes interesados: proveedores, usuarios, órganos asesores, instancias decisorias y autoridades públicas. Con el trabajo que se lleve a cabo se espera comprender mejor la utilización y la repercusión de la tecnología en los diversos contextos socioeconómicos, territoriales, institucionales, políticos y culturales de la Unión. También se estudiarán el papel del sector público en el proceso de innovación y las formas de interacción de las administraciones y sus interlocutores en este ámbito.

Se prestará atención a las relaciones entre tecnología y empleo, en particular con referencia a las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones y las nuevas formas de organización de la producción y el trabajo, incluidas las nuevas profesiones, la localización geográfica del empleo y los cambios en las condiciones de trabajo y las cualificaciones profesionales. Se estudiarán también el papel de la innovación en la educación y la formación, el concepto de aprendizaje permanente y el modo en que la educación y la formación pueden estimular la innovación y favorecer el empleo, la integración social y la igualdad de oportunidades.

Gestión de los asuntos públicos y ciudadanía

En el contexto de la integración europea es necesario revaluar la función de los diversos niveles de gestión de los asuntos públicos en Europa (local, regional, nacional y supranacional). El objetivo es analizar la articulación a todos los niveles de la responsabilidad y la obligación de rendir cuentas y el modo en que estos factores pueden actuar como auténticos agentes del cambio, a la vez que se posibilita el desarrollo de mecanismos de diálogo, deliberación y adopción de decisiones para garantizar la cooperación eficaz entre todos los actores interesados.

La investigación irá encaminada a explicar hasta qué punto los diversos tipos de reglamentación económica y social en Europa son consecuencia de una construcción socioinstitucional y cultural específica, con el fin de definir mejores estrategias de integración europea. Se abordará la reglamentación que llevan a cabo tanto las autoridades públicas como las iniciativas y estructuras privadas, tales como partidos políticos, grupos de interés e interlocutores sociales. El estudio de las autoridades públicas abarcará también la revaluación de sus misiones y de los conceptos de servicio público e interés público. En este contexto, un elemento clave será el análisis de la evolución de los sistemas del Estado del bienestar. Esta evaluación tendrá en cuenta asimismo la noción de poder político, económico y social.

Estos trabajos irán acompañados de un estudio del concepto de ciudadanía en toda Europa, así como de los tipos y sistemas de participación de los ciudadanos y de la normativa que de ellos se deriva. La investigación analizará también la influencia de los distintos componentes de la cultura (tradiciones, lengua, historia, patrimonio, religiones, movimientos migratorios) y los modelos educativos sobre el desarrollo de los valores. Un análisis en el plano de los individuos podría complementar la investigación en este ámbito, si se considera necesario. También se estudiará la función de los medios en una economía mundializada en la que cada vez están más presentes los productos de la cultura audiovisual internacional, así como la interrelación entre la gestión de los asuntos públicos y la ciudadanía.

Nuevos modelos de desarrollo para el fomento del crecimiento y el empleo

Este trabajo prospectivo intentará explorar nuevos modelos de desarrollo sostenible que fomenten el crecimiento, la creación de puestos de trabajo, la igualdad de oportunidades, la disminución de las desigualdades y la mejora de la calidad de vida. Se investigarán las dinámicas de la creación y distribución de riqueza, así como el papel del sector público en este contexto, en una economía mundializada en la que predominan lo «inmaterial» y los servicios. Ello comprenderá la elaboración de indicadores y metodologías que permitan evaluar el valor añadido económico y social de los diversos modelos de producción, definir los factores de la competitividad, incluido el capital humano, y caracterizar las políticas mejor adaptadas al espacio económico europeo, teniendo en cuenta su diversidad regional y el futuro de Europa en las relaciones económicas mundiales.

La investigación se centrará en temas como la innovación organizativa, las nuevas formas de trabajo y empleo, incluidos el potencial laboral de la población de edad avanzada, las respuestas a la creciente demanda de servicios, el desarrollo de actividades de ayuda mutua no lucrativas y las innovaciones en materia de cooperación entre los interlocutores socioeconómicos. Se analizarán también las diferencias socioeconómicas y demográficas en Europa y el efecto de los modelos de desarrollo en la cohesión económica y social.

C. Acciones en apoyo de las políticas científicas y tecnológicas europeas

Para cumplir las tareas que le encomienda el Tratado en el ámbito de la investigación y la innovación, la Unión Europea necesita mejorar su capacidad para prever los desafíos científicos y tecnológicos a que se enfrenta Europa aprovechando más eficazmente los recursos de que dispone.

Existen numerosos trabajos, tanto nacionales como europeos, de investigación, de estudio o de elaboración de indicadores previos a la elaboración de políticas científicas y tecnológicas. Ahora bien, la insuficiente interacción entre enfoques nacionales muy diversos, la complejidad y la dimensión a menudo transnacional de las cuestiones abordadas por dichos trabajos aconsejan integrarlos en una red y, asimismo, sintetizar y explotar sus resultados de forma coordinada a nivel europeo para esclarecer a tiempo determinadas cuestiones importantes desde el punto de visita político.

Para apoyar el desarrollo de la base específica de conocimientos sobre las cuestiones de política científica y tecnológica de que tienen necesidad las autoridades decisorias y otros usuarios nacionales y europeos, las actividades constituirán un servicio flexible de inteligencia, síntesis y experiencia estratégicas. Completando las iniciativas nacionales e internacionales, estas actividades tendrán por finalidad fomentar el intercambio de información y experiencias entre las autoridades competentes y los investigadores, así como una mejor utilización de los conocimientos.

Análisis estratégico de determinadas cuestiones políticas

Esta actividad patrocina trabajos de análisis y síntesis sobre un número limitado de cuestiones específicas de política científica y tecnológica. Los trabajos los llevarán a cabo grupos de expertos procedentes de organizaciones nacionales e internacionales especializadas, e incluirán estudios, seminarios y conferencias. También serán para los políticos una fuente de asesoramiento científico. Las autoridades competentes y otros agentes interesados en las políticas científicas y tecnológicas participarán en la definición de las cuestiones que vayan a tratarse dentro de las áreas siguientes:

- las consecuencias para las políticas científicas y tecnológicas de los retos del cambio científico y tecnológico, la mundialización, la evolución de la demanda social, las nuevas formas de competencia y colaboración interempresarial y los desafíos que suponen la generación de puestos de trabajo y un crecimiento respetuoso del medio ambiente y peocupado por la cohesión social,

- el modo en que los objetivos, las prioridades y los instrumentos de tales políticas permiten hacer frente a estas situaciones y al análisis de sus efectos socioeconómicos.

Base común de indicadores sobre la ciencia, la tecnología y la innovación

La concepción, coordinación y evaluación de las estrategias y políticas de IDT realizadas en Europa precisan indicadores permanentes y comparables a distintos niveles (nacional, regional, europeo, mundial), incluidos indicadores que midan el avance hacia un desarrollo sostenible. Este segundo tipo de actividades, realizadas con la Oficina Estadística (Eurostat) y los servicios competentes de la Comisión y en cooperación con instituciones europeas especializadas, permitirá constituir progresivamente una base europea común de indicadores de ciencia, tecnología e innovación.

Será necesario coordinar y financiar los trabajos necesarios para elaborar estadísticas adecuadas y nuevos indicadores referentes a la Unión y a los principales terceros países; de este modo se podrá poner a disposición de las autoridades interesadas de los Estados miembros, de las oficinas parlamentarias de evaluación europeas y nacionales, así como de los servicios de la Comisión y de todos los interesados, un conjunto coherente de datos difundidos por vía electrónica, acompañados de los servicios necesarios para su tratamiento, análisis y correcta utilización.

2. ARTICULACIÓN CON ACTUACIONES RELACIONADAS DE LAS RESTANTES ACCIONES DEL PROGRAMA MARCO

Una de las principales funciones del presente programa consiste en la coordinación y apoyo de actividades similares de todo el programa marco, en particular las relativas a la formación de los investigadores, el apoyo a las infraestructuras de investigación y la dimensión socioeconómica global de la investigación comunitaria. La dimensión horizontal de investigación socioeconómica, dentro de los programas temáticos verticales, hace de la coordinación un importante factor para el éxito del programa marco. Más en concreto:

- sistema de becas Marie Curie: estas becas podrán concederse también a través de los programas temáticos. Con fines de coherencia, deberán aplicarse normas comunes en materia de requisitos, procedimientos, disposiciones legales y de financiación, y crearse una ventanilla única para la recepción de solicitudes,

- grandes infraestructuras de investigación: deberán garantizar se la coherencia y complementariedad de los planteamientos con las acciones de los demás programas específicos,

- investigación socioeconómica: la coordinación se logrará mediante la participación en la elaboración de los programas de trabajo, ayuda a la creación de mecanismos de evaluación adecuados, en particular mediante la participación de los científicos socioeconómicos, y recogida y difusión de la información pertinente, con el fin de garantizar que la dimensión socioeconómica se tenga en cuenta de forma coherente en los programas específicos,

- apoyo al desarrollo de las políticas científicas y tecnológicas que se llevan a cabo en Europa: se garantizarán la coherencia y complementariedad con las acciones de los demás programas específicos mediante la coordinación, la utilización de instrumentos armonizados (por ejemplo, redes temáticas de orientación política, grupos de expertos) y un enfoque común para la difusión de resultados (por ejemplo, publicaciones, seminarios y conferencias).

ANEXO III

NORMAS DE EJECUCIÓN PROPIAS DEL PROGRAMA ESPECÍFICO

El presente programa específico se ejecutará mediante las acciones indirectas de IDT previstas en los anexos II y IV del quinto programa marco. Además, se aplicarán las siguientes normas propias de este programa:

1. CONDICIONES PARTICULARES

Apoyo a la formación y movilidad de los investigadores

Redes de formación mediante la investigación

La red de formación mediante la investigación deberá reunir normalmente como mínimo a cinco entidades jurídicas independientes entre sí que procedan de al menos tres Estados miembros o Estados asociados.

La Comunidad podrá sufragar hasta el 100 % de los costes adicionales subvencionables derivados tanto de la contratación temporal de jóvenes investigadores de nivel predoctoral y posdoctoral como de la coordinación del proyecto cooperativo de investigación que sirva de base a la red. La financiación máxima de la red corresponderá al coste de contratación de un joven investigador por cada uno de los participantes en dicha red, más una aportación fija para los gastos de coordinación del proyecto. Al menos un 60 % de la financiación de cada red se destinará a los costes de contratación de jóvenes investigadores.

El apoyo de la Comunidad no podrá servir para la compra de equipo duradero ni destinarse a gastos de investigación.

Sistema de becas Marie Curie

Sólo las personas jurídicas y las organizaciones internacionales establecidas en un Estado miembro o en un Estado asociado podrán participar como instituciones de acogida.

Los investigadores que pueden participar en el sistema de becas Marie Curie se dividen en tres categorías, tal como las define el anexo II del presente programa. Deben ser nacionales de un Estado miembro o de un Estado asociado, o haber residido en la Comunidad durante, como mínimo, los últimos cinco años (1).

La investigación se llevará a cabo en un país distinto de aquel cuya nacionalidad posea el becario de investigación y de aquel en que esté ubicado el centro de sus últimas actividades. No obstante, se establecerán excepciones cuando se transfieran conocimientos y tecnología a regiones menos favorecidas respecto a:

- las becas individuales de regreso,

- investigadores experimentados, siempre que su investigación se realice en un país distinto de aquel en que esté establecida la institución de investigación a cuyo personal pertenezca el investigador.

Becas individuales Marie Curie

El becario presentará la solicitud de beca individual conjuntamente con la institución anfitriona. La Comisión seleccionará a los becarios según los criterios establecidos en anexo IV del presente programa.

La beca se abonará a la institución anfitriona según las disposiciones establecidas en el anexo IV del quinto programa marco. El importe de la asignación al becario se establecerá, para cada Estado miembro y Estado asociado, considerando tanto la gran calidad de los becarios Marie Curie como la situación general de los investigadores de nivel comparable en el país anfitrión; dicho importe incluirá una cobertura adecuada de gastos de seguridad social.

Cada institución anfitriona deberá garantizar que el becario está cubierto por el régimen de seguridad social que se aplica a los asalariados del Estado miembro o Estado asociado en que se encuentre, o bien por otro régimen que brinde una protección al menos equivalente en nivel y amplitud.

Becas Marie Curie de acogida en empresas

La Comisión seleccionará a la entidad anfitriona según los criterios establecidos en el anexo IV del presente programa. La entidad anfitriona seleccionará seguidamente a sus becarios. La Comisión elaborará criterios detallados, incluidos aspectos tales como los títulos o méritos exigidos o la política de igualdad de oportunidades, que las empresas anfitrionas deberán aplicar para la selección de becarios. Antes de que se le proponga un contrato de becario, el candidato seleccionado deberá obtener la confirmación de la Comisión.

La financiación conjunta de la Comunidad y la entidad anfitriona permitirá a esta última sufragar la estancia de jóvenes licenciados universitarios y jóvenes investigadores con la experiencia necesaria en investigación.

Becas Marie Curie de desarrollo

La Comisión seleccionará a la entidad anfitriona según los criterios establecidos en el anexo IV del presente programa. La entidad anfitriona seleccionará seguidamente a sus becarios. La Comisión elaborará criterios detallados, incluidos aspectos tales como los títulos o méritos exigidos o la política de igualdad de oportunidades, que las empresas anfitrionas deberán aplicar para la selección de becarios. Antes de que se le proponga un contrato de becario, el candidato seleccionado deberá obtener la confirmación de la Comisión.

La financiación comunitaria permitirá a la institución anfitriona sufragar la estancia de jóvenes investigadores con la experiencia necesaria en investigación.

Becas Marie Curie para investigadores experimentados

El becario presentará su solicitud de beca individual conjuntamente con la institución anfitriona. La Comisión seleccionará a los becarios conforme a los criterios establecidos en anexo IV del presente programa.

La financiación comunitaria permitirá a la institución anfitriona sufragar la estancia de un investigador experimentado.

Estancias en centros de formación Marie Curie

A los presentes efectos, se entenderá por «centro de formación» una parte identificable de un organismo de investigación, tal como un grupo de investigación o varios grupos de investigación que mantengan relaciones entre sí. El centro de formación debe gozar de reconocimiento internacional en su campo y poseer experiencia en formación de doctorado, en particular en formación de estudiantes extranjeros de posgrado. Además, se podrán considerar centros de formación las entidades organizadoras de estudios internacionales de doctorado que participen en un marco oficial de colaboración con entidades participantes de distintos países, concretada en la existencia de requisitos comunes para la obtención del título de doctor.

La Comisión seleccionará los centros de formación según los criterios establecidos en el anexo IV del presente programa. A continuación, los jóvenes investigadores serán seleccionados por el centro de formación. La Comisión elaborará criterios detallados, incluidos aspectos tales como los títulos o méritos exigidos o la política de igualdad de oportunidades, que los centros deberán aplicar para la selección de becarios. Antes de que se le proponga un contrato de becario, el candidato seleccionado deberá obtener la confirmación de la Comisión.

Los jóvenes investigadores deberán estar cursando sus estudios de doctorado en un país distinto al de la institución anfitriona, en un área de investigación próxima al ámbito de especialización de aquélla. El período de formación que se realice en centro de formación formará parte integrante de los estudios de doctorado.

La financiación comunitaria permitirá al centro de formación sufragar estancias breves de jóvenes investigadores, por un período máximo de un año académico.

Mejora del acceso a las infraestructuras de investigación

Acceso transnacional a las grandes infraestructuras de investigación

Los participantes en esta línea de actuación serán entidades jurídicas que operen con grandes infraestructuras de investigación. Las organizaciones internacionales que operen con grandes infraestructuras de investigación en los Estados miembros o en Estados asociados podrán, excepcionalmente, participar con financiación a cargo del programa siempre que el acceso financiado por el programa sea complementario a la función de la organización de que se trate y no pueda optar a ninguna ayuda procedente de los propios recursos financieros de dicha organización.

La Comunidad podrá sufragar hasta el 100 % de los gastos de viaje y estancia de los equipos de investigadores que visiten las infraestructuras y trabajen en Estados miembros o en Estados asociados distintos de los del propietario u operador de la infraestructura. La Comunidad podrá también sufragar hasta el 100 % de los costes adicionales subvencionables derivados del acceso a la infraestructura por parte de los equipos de investigadores; estos costes se calcularán tomando como base un precio unitario por usuario, negociado con cada operador a la vista de sus costes de funcionamiento directos, o los costes marginales reales que suponga poner la instalación a disposición de los equipos de investigadores que la visiten. No serán subvencionables los costes de capital.

Redes de cooperación entre infraestructuras

Las redes de cooperación entre infraestructuras funcionarán como redes temáticas. La red deberá reunir como mínimo a tres entidades jurídicas que operen con infraestructuras de investigación independientes entre sí y procedentes de al menos tres Estados miembros o Estados asociados. La red estará coordinada por una entidad jurídica que opere con infraestructuras de investigación.

Proyectos de IDT vinculados a infraestructuras de investigación

Los proyectos de IDT deberán reunir al menos a dos entidades jurídicas que operen con infraestructuras de investigación independientes entre sí y procedentes de al menos dos Estados miembros o Estados asociados. Los proyectos estarán coordinados por una entidad jurídica que opere con infraestructuras de investigación.

Acciones concertadas

En colaboración con entidades jurídicas que operen con infraestructuras de investigación y que hayan firmado un contrato en el marco del presente programa (o del programa anterior, «Apoyo a la formación y movilidad de los investigadores»), la Comisión podrá emprender acciones concertadas para fomentar el intercambio de información entre los operadores de infraestructuras de investigación y los investigadores de los Estados miembros o Estados asociados sobre cuestiones de interés común, de manera complementaria a las iniciativas nacionales o internacionales.

Fomento de la calidad científica y tecnológica

Encuentros científicos de alto nivel

Participarán en esta acción entidades jurídicas de todos los campos de la investigación científica que deseen organizar conferencias científicas a las cuales se invite a una muestra representativa de los investigadores de la comunidad científica de referencia.

La financiación comunitaria contribuirá a sufragar los gastos de organización y de participación de los intervinientes o personas que desarrollen actividad docente en el campo de investigación, y se sufragará hasta un 100 % de los gastos derivados de la participación de jóvenes investigadores en la conferencia seleccionada. Se concederán también ayudas para la participación de investigadores de Estados miembros o Estados asociados que, en el momento en que se celebre la conferencia, desarollen su actividad en laboratorios o instituciones situados fuera de dichos Estados.

Premios para trabajos de investigación de alto nivel

Podrán participar en el premio Descartes los investigadores que hayan obtenido destacados resultados científicos o tecnológicos mediante la investigación en colaboración europea.

El premio para estudiantes de enseñanza superior y el Concurso europeo de jóvenes científicos están destinados a entidades jurídicas que organicen los procedimientos correspondientes a nivel nacional y a jóvenes cuyos proyectos hayan sido seleccionados en ese marco.

La financiación comunitaria sufragará hasta el 100 % de los costes derivados de la preparación y organización de los procesos de selección, incluida la concesión de premios económicos o un reconocimiento equivalente a los mejores proyectos.

2. MEDIDAS COMPLEMENTARIAS

Las medidas complementarias consistirán, en particular, en:

- estudios de apoyo al programa específico y de preparación de futuras actividades, incluidos estudios sobre cuestiones estratégicas planteadas durante el programa,

- intercambio de información, conferencias, seminarios, talleres, mesas redondas, grupos de estudio,

- intervención de expertos del exterior, en particular para llevar a cabo la evaluación del programa específico según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 5 del quinto programa marco, la evaluación externa prevista en el apartado 2 del artículo 5 del quinto programa marco, la evaluación de las acciones indirectas de IDT y el seguimiento de su ejecución,

- actividades de difusión, información y comunicación, incluidas publicaciones científicas, y actividades de promoción y explotación de los resultados y transferencia de tecnologías,

- promoción de la identidad y el prestigio de los becarios Marie Curie a través de la Asociación de Becarios Marie Curie,

- ayudas para reunir a posibles participantes a fin de que elaboren un programa detallado de trabajo para una propuesta de investigación, en particular como medio para estimular propuestas en los ámbitos científicos y tecnológicos nuevos, o enfoques transdisciplinarios originales, o bien en ámbitos que no son objeto habitualmente de una iniciativa de cooperación transnacional,

- apoyo a iniciativas de información y asistencia a los protagonistas de la investigación, incluidas las pequeñas y medianas empresas.

3. MODALIDADES DE COORDINACIÓN

La Comisión velará, dentro del programa, por la complementariedad entre las acciones indirectas de IDT, especialmente mediante su reagrupamiento en torno a un objetivo común, y por evitar la duplicación de esfuerzos, respetando los intereses legítimos de los proponentes de las acciones indirectas de IDT.

En la media de lo posible, también se coordinarán las actividades de investigación dentro del programa específico y las realizadas en:

- otros programas específicos que desarrollan el quinto programa marco,

- los programas de investigación y formación que desarrollan la Decisión 1999/64/Euratom del Consejo, de 22 de diciembre de 1998 relativa al quinto programa marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) para acciones de investigación y formación (1998-2002) (2),

- otros marcos europeos de investigación, incluidos Eureka y COST,

- otros instrumentos comunitarios relacionados con la investigación, como PHARE, TACIS, MEDA, en FEI, los Fondos Estructurales, el BEI y los programas en el ámbito de la educación, la formación y la juventud.

La coordinación consistirá en:

i) la definición de temas o prioridades comunes que den lugar:

- al intercambio de información,

- a la realización de trabajos conjuntos, en particular los que impliquen la aplicación común de los procedimientos mencionados en el artículo 9 de las normas de participación y difusión;

ii) la reasignación de propuestas de acciones indirectas de IDT entre programas específicos o entre un programa específico y un programa de investigación y formación.

______

(1) Los solicitantes de becas Marie Curie deberán cerciorarse de que pueden cumplir los requisitos de inmigración y visado del Estado miembro o del Estado asociado en que quieren disfrutar de la beca.

(2) DO L 26 de 1.2.1999, p. 34.

ANEXO IV

CRITERIOS DE SELECCIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA

Los criterios de selección correspondientes a algunas partes del presente programa, que completan los definidos en el artículo 3, son los siguientes:

Apoyo a la formación y movilidad de los investigadores

Redes de formación mediante la investigación

Se seleccionarán las redes en función del mérito científico del proyecto cooperativo de investigación que les sirva de base y de la calidad y contenido de su programa de formación. Tendrán preferencia, a igualdad de los demás factores, las redes que fomenten la interacción entre distintas disciplinas científicas, las que reúnan equipos complementarios y las que mantengan vínculos sustanciales, cuando estos aspectos sean pertinentes en su programa de formación.

Sistema de becas Marie Curie

Becas individuales Marie Curie

Los criterios de selección incluirán la aptitud y experiencia en investigación del candidato, los efectos y beneficios de la formación en este último, la calidad investigadora del grupo de acogida, la capacidad de la institución de acogida para responder a las necesidades de formación mediante la investigación del candidato, y la calidad científica, la calidad tecnológica y la pertinencia del proyecto.

Por lo que se refiere a las becas individuales de regreso, se utilizarán como criterios de selección los resultados y la experiencia en investigación que el candidato haya adquirido durante la beca inicial, así como las ventajas para la nueva institución de acogida.

Becas Marie Curie de acogida en empresas

La Comisión seleccionará a la entidad de acogida, que seleccionará seguidamente a sus becarios. La Comisión elaborará criterios detallados, incluidos aspectos tales como los títulos o méritos exigidos o la política de igualdad de oportunidades, que las entidades de acogida deberán aplicar para la selección de becarios. Antes de que se le proponga un contrato de becario, el candidato seleccionado deberá obtener la confirmación de la Comisión.

Los criterios de selección incluirán la calidad de la investigación de la entidad anfitriona, la capacidad de proporcionar formación al becario, los métodos de supervisión y la infraestructura de investigación, los mecanismos de cooperación con otros centros de investigación y la calidad científica y tecnológica, así como la pertinencia, del ámbito de investigación propuesto.

La entidad de acogida seleccionará a los becarios por su competencia científica y en función de la compatibilidad de su experiencia investigadora con el ámbito de investigación propuesto.

Becas de desarrollo Marie Curie

La Comisión seleccionará a la entidad de acogida, que seleccionará seguidamente a sus becarios. La Comisión elaborará criterios detallados, incluidos aspectos tales como los títulos o méritos exigidos o la política de igualdad de oportunidades, que las entidades de acogida deberán aplicar para la selección de becarios. Antes de que se le proponga un contrato de becario, el candidato seleccionado deberá obtener la confirmación de la Comisión.

Los criterios de selección incluirán la pertinencia y la repercusión de la cualificación profesional buscada, la compatibilidad de la nueva cualificación con las existentes en la entidad de acogida, la correcta dimensión de la entidad de acogida para garantizar a los becarios condiciones de trabajo adecuadas, y el carácter internacional de las actividades de investigación de la entidad de acogida.

La entidad de acogida seleccionará a los becarios por su competencia científica y en función de la compatibilidad de su experiencia investigadora con las necesidades de la entidad de acogida.

Becas Marie Curie para investigadores experimentados

Los criterios de selección incluirán la calidad científica del candidato, la calidad científica, la calidad tecnológica y la pertinencia del proyecto, y la pertinencia, la repercusión y los beneficios de la beca para todas las partes interesadas.

Estancias en centros de formación Marie Curie

La Comisión seleccionará los centros de formación. Seguidamente, los jóvenes investigadores serán seleccionados por el centro de formación. La Comisión elaborará criterios detallados, incluidos aspectos tales como los títulos o méritos exigidos o la política de igualdad de oportunidades, que los centros deberán aplicar para la selección de becarios. Antes de que se le proponga un contrato de becario, el candidato seleccionado deberá obtener la confirmación de la Comisión.

Los criterios de selección incluirán la calidad investigadora del centro de formación, su capacidad para brindar formación mediante la investigación, pruebas de que se ha impartido con éxito formación doctoral internacional en el pasado, y correcta dimensión del centro de formación para garantizar a los jóvenes investigadores condiciones de trabajo adecuadas.

Los jóvenes investigadores serán seleccionados por el centro de formación por sus méritos científicos y en función de la pertinencia del centro de formación en relación con sus estudios particulares de doctorado.

Mejora del acceso a las infraestructuras de investigación

Acceso transnacional a las grandes infraestructuras de investigación

Los criterios de selección incluirán la calidad de la infraestructura, la calidad de la investigación que los usuarios externos puedan realizar en ella, la calidad del apoyo científico, técnico y logístico de que puedan gozar dichos usuarios externos, el interés expresado por nuevos usuarios transnacionales procedentes de países donde no existe una infraestructura semejante y la relación coste-eficacia del apoyo comunitario.

Redes de cooperación entre infraestructuras

Las redes de cooperación entre infraestructuras se seleccionarán según las posibilidades que ofrezcan para mejorar el acceso a las infraestructuras de investigación de interés comunitario y el servicio prestado por éstas, así como en función de la capacidad de los participantes para coordinar eficazmente las actividades de la red.

Proyectos de IDT para infraestructuras de investigación

Se seleccionarán los proyectos de IDT por su originalidad científica, la calidad de la metodología y el plan de trabajo, las posibilidades que ofrecen para mejorar la oferta de esta clase de infraestructura en Europa, y el grado de interés expresado en general por los operadores de infraestructuras del área y por la comunidad de usuarios.

Fomento de la calidad científica y tecnológica

Encuentros científicos de alto nivel

Los criterios de selección incluirán el interés del tema propuesto para la comunidad científica en general, la calidad del programa propuesto para la conferencia y su pertinencia para la formación de las jóvenes generaciones de investigadores europeos.

Premios para trabajos de investigación de alto nivel

Se concederán los premios en función de la calidad científica y la pertinencia de los proyectos presentados. Se tendrán debidamente en cuenta la edad y el historial científico de los participantes.

Sensibilización pública

Para recibir apoyo comunitario, los proyectos deberán presentar un tema de interés europeo general e implicar una interacción de alta calidad entre investigadores y medios de comunicación científicos en beneficio de los ciudadanos europeos. Se dará preferencia a los proyectos e iniciativas que reúnan como mínimo a tres socios independientes entre sí procedentes de al menos tres Estados miembros o Estados asociados. También podrán solicitar apoyo otros proyectos que generen resultados transferibles que puedan ser utilizados posteriormente por quienes no hayan participado en los mismos.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 25/01/1999
  • Fecha de publicación: 12/03/1999
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la Decisión 99/182, de 22 de diciembre de 1998 (Ref. DOUE-L-1999-80202).
Materias
  • Desarrollo tecnológico
  • Investigación científica
  • Programas

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