Contido non dispoñible en galego
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando que el anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 26/98, de 27 de marzo de 1998 (1);
Considerando que deberá incorporarse al Acuerdo la Resolución 96/C 99/01 del Consejo, de 11 de marzo de 1996, relativa al transporte marítimo de corta distancia (2),
DECIDE:
Artículo 1
Después del punto 88 (Resolución 97/C 109/01 del Consejo) del anexo XIII del Acuerdo se añadirá el punto siguiente:
«89. 396 Y 0402 (01): Resolución 96/C 99/01 del Consejo, de 11 de marzo de 1996, relativa al transporte marítimo de corta distancia (DO C 99 de 2.4.1996, p. 1).».
Artículo 2
Los textos de la Resolución 96/C 99/01 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 1998, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto de EEE todas las notificaciones establecidas por el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 30 de abril de 1998.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
F. BARBASO
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(1) Véase la página 8 del presente Diario Oficial.
(2) DO C 99 de 2.4.1996, p. 1.
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