EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando que el anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 23/97, de 30 de abril de 1997 (1);
Considerando que deberá incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 2433/97 de la Comisión, de 8 de diciembre de 1997, que modifica el Reglamento (CEE) n° 1102/89 por el que se establecen medidas de aplicación del Reglamento (CEE) n° 1101/89 del Consejo relativo al saneamiento estructural de la navegación interior (2),
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 45 [Reglamento (CEE) n° 1102/89 de la Comisión] del anexo XIII del Acuerdo se añadirá el guión siguiente:
«- 397 R 2433: Reglamento (CE) n° 2433/97 de la Comisión, de 8 de diciembre de 1997 (DO L 337 de 9.12.1997, p. 10).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) n° 2433/97 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 1998, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 30 de abril de 1998.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
F. BARBASO
___________________
(1) DO L 242 de 4.9.1997, p. 70.
(2) DO L 337 de 9.12.1997, p. 10.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid