EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando que el anexo VII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 22/97 (1);
Considerando que deberá incorporarse al Acuerdo la Directiva 97/38/CE de la Comisión, de 20 de junio de 1997, por la que se modifica el anexo C de la Directiva 92/51/CEE del Consejo relativa a un segundo sistema general de reconocimiento de formaciones profesionales que completa a la Directiva 89/48/CEE del Consejo (2),
DECIDE:
Artículo 1
Después del punto 1a (Directiva 92/51/CEE del Consejo) en el anexo VII del Acuerdo se añadirá el guión siguiente:
«- 397 L 0038: Directiva 97/38/CE del Consejo, de 20 de junio de 1997 (DO L 184 de 12.7.1997, p. 31).».
Artículo 2
Al final de la adaptación c) del punto 1a (Directiva 92/51/CEE del Consejo) en el anexo VII del Acuerdo, se añadirán las palabras «modificada por la Directiva 97/38/CE de la Comisión».
Artículo 3
Los textos de la Directiva 97/38/CE en lenguas islandesa y noruega, anexos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 4
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de febrero de 1998, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas por el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 5
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 30 de enero de 1998.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
F. BARBASO
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(1) DO L 242 de 4.9.1997, p. 69.
(2) DO L 184 de 12.7.1997, p. 31.
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