EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando que el anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 8/97 (1);
Considerando que se debe incorporar al Acuerdo la Directiva 97/26/CE del Consejo, de 2 de junio de 1997, por la que se modifica la Directiva 91/439/CEE sobre el permiso de conducción (2),
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 24a (Directiva 91/439/CEE del Consejo) del anexo XIII del Acuerdo se añadirá el guión siguiente:
«- 397 L 0026: Directiva 97/26/CE del Consejo, de 2 de junio de 1997 (DO L 150 de 7.6.1997, p. 41).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 97/26/CE en lenguas islandesa y noruega, anexos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de marzo de 1998, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas por el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 30 de enero de 1998.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
F. BARBASO
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(1) DO L 182 de 10.7.1997, p. 37.
(2) DO L 150 de 7.6.1997, p. 41.
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