En la página 7, en el artículo 3, en el apartado 1:
en lugar de: «1. La contribución financiera de la Comunidad queda fijada en el 50% de los gastos de las pruebas y de los que correspondan a España en concepto de compensación a los propietarios de los animales que deban ser sacrificados con un importe máximo de 2 500 000 ecus.»,
léase: «1. La contribución financiera de la Comunidad queda fijada en el 50% de los gastos que correspondan a España en concepto de compensación a los propietarios de los animales que deban ser sacrificados con un importe máximo de 2 500 000 ecus.».
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