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Documento DOUE-L-1998-81745

Rectificación a la Decisión 98/33/CE de la Comisión, de 28 de noviembre de 1997, por la que se aprueba el programa de erradicación de la brucelosis bovina para 1998 presentado por España y por la que se fija la cuantía de la participación financiera comunitaria.

Publicado en:
«DOCE» núm. 264, de 29 de septiembre de 1998, páginas 66 a 66 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1998-81745

TEXTO ORIGINAL

En la página 7, en el artículo 3, en el apartado 1:

en lugar de: «1. La contribución financiera de la Comunidad queda fijada en el 50% de los gastos de las pruebas y de los que correspondan a España en concepto de compensación a los propietarios de los animales que deban ser sacrificados con un importe máximo de 2 500 000 ecus.»,

léase: «1. La contribución financiera de la Comunidad queda fijada en el 50% de los gastos que correspondan a España en concepto de compensación a los propietarios de los animales que deban ser sacrificados con un importe máximo de 2 500 000 ecus.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 29/09/1998
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Decisión 98/33, de 28 de noviembre de 1997 (Ref. DOUE-L-1998-80110).
Materias
  • Epidemias
  • España
  • Financiación comunitaria
  • Ganado vacuno
  • Programas
  • Sanidad veterinaria

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