LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento n° 136/66/CEE del Consejo, de 22 de septiembre de 1966, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las materias grasas (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1638/98 (2), y, en particular, el segundo guión del párrafo primero del apartado 2 de su artículo 5,
Visto el Reglamento (CEE) n° 2261/84 del Consejo, de 17 de julio de 1984, por el que se adoptan las normas generales relativas a la concesión de la ayuda a la producción de aceite de oliva y a las organizaciones de productores (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1639/98 (4), y, en particular, sus artículos 18 y 19,
Considerando que el Reglamento (CE) n° 2139/97 de la Comisión (5) fija los rendimientos de aceitunas y de aceite; para la campaña 1996/97, para las zonas homogéneas de producción; que se ha deslizado un error en el anexo; que, por consiguiente, es conveniente rectificar el error, teniendo en cuenta que los beneficiarios no han percibido aún la ayuda a la producción;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las materias grasas,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En la parte C del anexo del Reglamento (CE) n° 2139/97, los datos relativos a la provincia de Samos se sustituirán por los datos que figuran en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Será aplicable a partir del 3 de noviembre de 1997.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 9 de septiembre de 1998.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
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(1) DO 172 de 30. 9. 1966, p. 3025/66.
(2) DO L 210 de 28. 7. 1998, p. 32.
(3) DO L 208 de 3. 8. 1984, p. 3.
(4) DO L 210 de 28. 7. 1998, p. 38.
(5) DO L 297 de 31. 10. 1997, p. 45.
ANEXO - BILAG - ANHANG - TEXTO EN GRIEGO - ANNEX - ANNEXE - ALLEGATO - BIJLAGE - ANEXO - LIITE - BILAGA
Provincia Zona kg aceitunas/árbol kg aceite/100 kg aceitunas
Provins Zone kg oliven/trae kg olie/100kg oliven
Provinz Zone kg Oliven/Baum kg Öl/100kg Oliven
T.griego T.G. Texto en griego Texto omitido en griego
Province Zone Olives kg/tree Oil kg/100 kg olives
Province Zone kg olives/arbre kg huile/100 kg olives
Provincia Zona kg olive/albero kg olio/100 kg olive
Provincie Zone kg olijven/boom kg olie/100 kg olijven
Província Zona kg azeitonas/árvore kg azeite/100 kg azeitonas
Kunta/Maakunta Alue kg oliiveja/puu kg öljyä/100 kg oliiveja
Kommun/provins Zon kg oliver/träd kg olja/100 kg oliver
«Texto griego 2 15 27»
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