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Documento DOUE-L-1998-80976

Rectificación a la Decisión 98/83/CE de la Comisión, de 8 de enero de 1998, por la que se reconoce a determinados terceros países y Regiones de terceros países exentos de Xanthomonas campestris (todas las cepas patogenas para el genero Citrus), Cercospora angolensis Carv. & Mendes o Guignardia Citricarpa Kiely (todas las cepas patogenas para el genero Citrus).

Publicado en:
«DOCE» núm. 160, de 4 de junio de 1998, páginas 47 a 47 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1998-80976

TEXTO ORIGINAL

En toda la Decisión, incluido el título:

en lugar de: «(todas las cepas patógenas para el género Citrus)»,

léase: «(todas las cepas patógenas para Citrus)».

En la página 41, en el artículo 1, en el tercer guión:

en lugar de: «América central o del sur y países del Caribe:»,

léase: «América central y del sur y países del Caribe:».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 04/06/1998
Referencias anteriores
Materias
  • Agrios
  • Comercio extracomunitario
  • Sanidad vegetal

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