EL COMITE MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, sus artículos 86 y 98,
Considerando que el Protocolo 31 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 83/96 (1);
Considerando que procede ampliar la cooperación de las Partes contratantes en el Acuerdo para incluir un programa plurianual para promover la diversidad ling ística de la Comunidad en la sociedad de la información [Decisión 96/664/CE del Consejo (2)];
Considerando que el Protocolo 31 del Acuerdo debe, por tanto, ser modificado para permitir que se produzca esta cooperación a partir del 1 de enero de 1997,
DECIDE:
Artículo 1
En el apartado 5 del artículo 2 del Protocolo 31 del Acuerdo se añadirá el guión siguiente:
«- 396 D 0664: Decisión 96/664/CE del Consejo, de 21 de noviembre de 1996, relativa a la adopción de un programa plurianual para promover la diversidad ling ística de la Comunidad en la sociedad de la información (DO L 306 de 28. 11.1996, p. 40).».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de julio de 1997, siempre que se hayan enviado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo. Se aplicará a partir del 1 de enero de 1997.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 27 de junio de 1997.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
C. DAY
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(1) DO L 145 de 5. 6. 1997, p. 52.
(2) DO L 306 de 28. 11. 1996, p. 40.
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