Está Vd. en

Documento DOUE-L-1998-80524

Decisión núm. 2/98 del Consejo de Asociación Ce-Turquia, del 23 de febrero de 1998, por la que se deroga la Decisión núm. 2/78 relativa a las justificaciones del origen de algunos productos textiles exportados por Turquia.

Publicado en:
«DOCE» núm. 86, de 20 de marzo de 1998, páginas 39 a 39 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1998-80524

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE ASOCIACION CE-TURQUIA,

Visto el Acuerdo, de 12 de septiembre de 1963, por el que se establece una asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía,

Vista la Decisión n° 1/95 del Consejo de Asociación CE-Turquía, de 22 de diciembre de 1995, relativa al establecimiento de la fase definitiva de la Unión Aduanera (1) y, en particular, los apartados 2 y 3 de su artículo 12,

Considerando que Turquía ha cumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al apartado 2 del artículo 12 de la Decisión n° 1/95 del Consejo de Asociación CE-Turquía; que la Decisión n° 2/78 del Consejo de Asociación CE-Turquía, de 30 de octubre de 1978, relativa a las justificaciones del origen de algunos productos textiles exportados por Turquía (2) ha dejado de tener objeto y debe ser derogada,

DECIDE:

Artículo 1

Queda derogada la Decisión n° 2/78.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el tercer día siguiente al de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 23 de febrero de 1998.

Por el Consejo de Asociación CE-Turquía

El Presidente

R. COOK

________

(1) DO L 35 de 13.2.1996, p. 1.

(2) DO L 309 de 1.11.1978, p. 2.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 23/02/1998
  • Fecha de publicación: 20/03/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 26/02/1998
Referencias anteriores
  • DEROGA la Decisión 2/78, de 30 de octubre, adjunta al Reglamento 2573/78, de 30 de octubre (Ref. DOUE-L-1978-80369).
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Exportaciones
  • Productos textiles
  • Turquía

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid