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Documento DOUE-L-1997-81949

Decisión de la Comisión, de 14 de octubre de 1997, sobre la lista de los programas de erradicación y vigilancia de enfermedades animales que pueden optar a una participación financiera de la Comunidad en 1998.

Publicado en:
«DOCE» núm. 286, de 18 de octubre de 1997, páginas 11 a 12 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-81949

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario, cuya última modificación la constituye la Decisión 94/370/CE, y, en particular, el apartado 5 de su artículo 24,

Considerando que, para establecer la lista de los programas de erradicación y vigilancia de enfermedades animales que pueden optar a una participación financiera de la Comunidad en 1998 y los porcentajes e importes propuestos de dicha participación para cada programa, es necesario tener en cuenta tanto el interés para la Comunidad de cada uno de los programas como la cuantía de los créditos disponibles;

Considerando que la Comisión ha estudiado cada uno de los programas presentados por los Estados miembros desde los puntos de vista veterinario y financiero;

Considerando que los programas que figuran en la lista incluida en la presente Decisión deberán ser aprobados individualmente con posterioridad;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

1. Los programas que figuran en la lista del anexo podrán optar a una participación financiera de la Comunidad en 1998.

2. Los porcentajes e importes propuestos de la participación financiera de la Comunidad para cada uno de los programas a que se refiere el apartado 1 serán los que figuran en el anexo.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 14 de octubre de 1997.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANEXO

Lista de programas, porcentajes e importes propuestos de la participación financiera comunitaria

Enfermedad Estado miembro Porcen- Importe pro-

taje puesto (en

(en %) ecus)

Peste porcina africana, peste

porcina clásica Italia 50 600 000

Oeste porcina clásica Alemania 50 1 300 000

Perineumonía contagiosa bovina Portugal 50 1 400 000

Rabia Luxemburgo 50 70 000

Finlandia 50 280 000

Italia 50 50 000

Bélgica 50 200 000

Francia 50 500 000

Alemania 50 2 800 000

Austria 50 250 000

Enfermedad vesícular del cerdo Italia 50 200 000

Brucelosis bovina Grecia 50 700 000

Francia 50 1 000 000

Irlanda 50 1 000 000

Portugal 50 2 400 000

España 50 2 500 000

Italia 50 2 000 000

Brucelosis ovina y caprina Francia 50 950 000

Italia 50 4 500 000

Grecia 50 3 275 000

Portugal 50 3 000 000

España 50 5 500 000

Anaplasmosis,babelosis,cowdriosis Francia 50 50 000

Leucosis bovina enzoótica Italia 50 3 000 000

Enfermedad de Aujeszky Reino Unido 50 75 000

Alemania 50 2 700 000

Tuberculosis bovina España 50 6 000 000

Grecia 50 400 000

Tembladera (Scrapie) Bélgica 50 50 000

Francia 50 800 000

Total 48 000 000

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 14/10/1997
  • Fecha de publicación: 18/10/1997
Materias
  • Epidemias
  • Ganado caprino
  • Ganado ovino
  • Programas
  • Sanidad veterinaria

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