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Documento DOUE-L-1997-81775

Decisión de la Comisión, de 30 de julio de 1997, por la que se modifica la Decisión 97/333/CE relativa a la liquidación de cuentas de los Estados miembros de los gastos financiados por el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA), sección Garantía, correspondientes al Ejercicio Financiero de 1993.

Publicado en:
«DOCE» núm. 245, de 9 de septiembre de 1997, páginas 20 a 24 (5 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-81775

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 729/70 del Consejo, de 21 de abril de 1970, sobre la financiación de la política agrícola común, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1287/95, y, en particular, el apartado 2 de su artículo 5,

Previa consulta al Comité del FEOGA,

Considerando que, antes de que la Comisión, en el contexto de decisión de liquidación de cuentas, fije una corrección financiera que pueda ser objeto del procedimiento de conciliación establecido en la Decisión 94/442/CE de la Comisión, es necesario que el Estado miembro de que se trate pueda recurrir, si lo desea, a este procedimiento y que, en tal caso, la Comisión examine antes de su decisión el informe elaborado por el órgano de conciliación; que los plazos previstos para la aplicación de este procedimiento a todas las correcciones admisibles no han expirado en la fecha de adopción de la Decisión 97/333/CE de la Comisión; que esta Decisión no se refiere a los importes correspondientes de los gastos declarados por los Estados miembros en cuestión con cargo al ejercicio de 1993; que el procedimiento de concertación relativo a la mayoría de las correcciones afectadas ha concluido; que, por lo tanto, es oportuno liquidar los gastos correspondientes mediante la presente Decisión; que los gastos cuyo procedimiento de conciliación aún no ha concluido se liquidarán posteriormente;

Considerando que los gastos declarados por Francia en concepto de primas por tabaco en hojas, que ascienden a 7 160 544 francos franceses, no se incluyen

en la presente Decisión, al ser necesario efectuar un examen complementario de los expedientes; que, por consiguiente, este importe se ha deducido de los gastos declarados por dicho Estado miembro con cargo al presente ejercicio y se liquidará posteriormente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

Las partes del Anexo I de la Decisión 97/333/CE relativas a España, Francia, Italia y Reino Unido se sustituirán por el Anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los importes suplementarios de 7 876 107 212 pesetas españolas, 154 553 632,46 francos franceses, 27 581 807 418 liras italianas y 15 346 261 libras inglesas resultantes de los puntos 3 del Anexo y contemplados en la presente Decisión se contabilizarán entre los gastos mencionados en el apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CE) n° 296/96 de la Comisión con cargo al mes de noviembre de 1997.

Artículo 3

El Reino de España, la República Francesa, la República Italiana y el Reino Unido serán los destinatarios de la presente Decisión.

Hecho en Bruselas, el 30 de julio de 1997.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANEXO

ESPAÑA

Gastos correspondientes a la sección de Pesetas españolas

Garantía del FEGOA

Ejercicio financiero: 1993

1. Gastos reconocidos

a) Gastos declarados por el Estado miembro

correspondientes a la presente

liquidación 611 742 036 608

b) Gastos declarados en el ejercicio

precedente pero excluidos de su

liquidación 0

c) Gastos declarados excluidos de la

presente liquidación -73 377 020 113

d) Gastos declarados que ya fueron objeto

de una decisión de liquidación 0

e) Gastos declarados que son objeto de la

presente declaración

(a + b + c + d) 538 365 016 495

f) Gastos no reconocidos -24 641 623 387

g) Total de los gastos reconocidos (e + f) 513 723 393 108

2. Gastos imputados

a) Gastos imputados con cargo al ejercicio 611 686 080 892

b) Gastos imputados con cargo al ejercicio

precedente, pero excluidos de su

liquidación 0

c) Gastos imputados con cargo al presente

ejercicio, pero excluidos de la presente

liquidación -73 377 020 113

d) Gastos imputados con cargo al presente

ejercicio que ya fueron objeto de una

decisión de liquidación 0

e) Gastos imputados con cargo a un ejercicio

anterior 0

f) Total de los gastos imputados, que son

objeto de la presente liquidación

(a + b + c + d + e) 538 309 060 779

3. Gastos con cargo o cantidades a girar al

Estado miembro tras la liquidación de

las cuentas (2f-1g) 24 585 667 671

FRANCIA

Gastos correspondientes a la sección de Francos franceses

Garantía del FEOGA

Ejercicio financiero: 1993

1. Gastos reconocidos

a) Gastos declarados por el Estado miembro

correspondientes a la presente

liquidación 54 495 129 338,97

b) Gastos declarados en el ejercicio

precedente pero excluidos de su

liquidación 9 568 000,00

c) Gastos declarados excluidos de la presente

liquidación -3 110 778 096,51

d) Gastos declarados que ya fueron objeto

de una decisión de liquidación -104 383 500,81

e) Gastos declarados que son objeto de la

presente declaración

(a + b + c + d) 51 289 535 741,65

f) Gastos no reconocidos -533 100 654,17

g) Total de los gestos reconocidos (e + f) 50 756 435 087,48

2. Gastos imputados

a) Gastos imputados con cargo al ejercicio 54 527 022 456,01

b) Gastos imputados con cargo al ejercicio

precedente, pero excluidos de su

liquidación 9 568 000,00

c) Gastos imputados con cargo al presente

ejercicio, pero excluidos de la presente

liquidación -3 110 778 096,51

d) Gastos imputados con cargo al presente

ejercicio que ya fueron objeto de

una decisión de liquidación -104 383 500,81

e) Gastos imputados con cargo a un ejercicio

anterior 0,00

f) Total de los gestos imputados, que son

objeto de la presente liquidación

(a + b + c + d + e) 51 321 428 858,69

3. Gastos con cargo o cantidades a girar

al Estado miembro tras laliquidación

de las cuentas (2f-1g) 564 993 771,21

ITALIA

Gastos correspondientes a la sección de Liras Italianas

Garantía del FEOGA

Ejercicio financiero: 1993

I. Gastos reconocidos

a) Gastos declarados por el Estado miembro

correspondientes a la presente liquidación 8 704 290 574 322

b) Gastos declarados en el ejercicio

precedente pero excluidos de su

liquidación 77 298 063 824

c) Gastos declarados excluidos de la presente

liquidación -328 052 868 479

d) Gastos declarados que ya fueron objeto

de una decisión de liquidación -439 137 242 666

e) Gastos declarados que son objeto de la

presente declaración

(a + b + c + d) 8 014 398 527 001

f) Gastos no reconocidos -514 859 824 937

g) Total de los gastos reconocidos (e + f) 7 499 538 702 064

2. Gastos imputados

a) Gastos imputados con cargo al ejercicio 8 696 337 781 627

b) Gastos imputados con cargo al ejercicio

precedente, pero excluidos de su

liquidación 77 298 063 824

c) Gastos imputados con cargo al presente

ejercicio, pero excluidos de la

presente liquidación -328 052 868 479

d) Gastos imputados con cargo al presente

ejercicio que ya fueron objeto de

una decisión de liquidación -439 137 242 666

e) Gastos imputados con cargo a un ejercicio

anterior 0

f) Total de los gastos imputados, que son

objeto de la presente liquidación

(a + b + c + d + e) 8 006 445 734 306

3. Gastos con cargo o cantidades a girar

al Estado miembro tras la liquidación

de las cuentas (2f-1g) 506 907 032 242

REINO UNIDO

Gastos correspondientes a la sección de Libras esterlinas

Garantía del FEOGA

Ejercicio financiero: 1993

1. Gastos reconocidos

a) Gastos declarados por el Estado miembro

correspondientes a la presente liquidación 2 161 082 289,98

b) Gastos declarados en el ejercicio

precedente pero excluidos de su

liquidación 0,00

c) Gastos declarados excluidos de la presente

liquidación -85 024 800,11

d) Gastos declarados que ya fueron objeto de

una decisión de liquidación 0,00

e) Gastos declarados que son objeto de la

presente declaración

(a + b + c + d) 2 076 057 489,87

f) Gastos no reconocidos -29 267 585,19

g) Total de los gastos reconocidos (e + f) 2 046 789 904,68

2. Gastos imputados

a) Gastos imputados con cargo al ejercicio 2 158 899 474,68

b) Gastos imputados con cargo al ejercicio

precedente, pero excluidos de su

liquidación 0,00

c) Gastos imputados con cargo al presente

ejercicio, pero excluidos de la

presente liquidación -85 024 800,11

d) Gastos imputados con cargo al presente

ejercicio que ya fueron objeto de

una decisión de liquidación 0,00

e) Gastos imputados con cargo a un ejercicio

anterior 0,00

f) Total de los gastos imputados, que son

objeto de la presente liquidación

(a + b + c + d + e) 2 073 874 674,57

3. Gastos con cargo o cantidades a girar

al Estado miembro tras la liquidación

de las cuentas (2f-1g) 27 084 769,89

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 30/07/1997
  • Fecha de publicación: 09/09/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE ANULA en la forma indicada, por Sentencia de 8 de mayo de 2003 (Ref. DOUE-Z-2003-70003).
Referencias anteriores
Materias
  • Agricultura
  • Ayudas
  • Contabilidad
  • España
  • Feoga Garantía
  • Francia
  • Gastos
  • Italia
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

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