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Documento DOUE-L-1997-81400

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 13/97, de 14 de marzo de 1997, por la que se modifica el Protocolo nº 21 (Aplicación de las normas de competencia a las empresas) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOCE» núm. 182, de 10 de julio de 1997, páginas 44 a 45 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-81400

TEXTO ORIGINAL

EL COMITE MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo» y, en particular, su artículo 98,

Considerando que la lista incluida en el apartado 1 del artículo 3 del Protocolo n° 21 del Acuerdo refleja la situación general de la legislación comunitaria en este ámbito;

Considerando que el Protocolo n° 21 del Acuerdo fue modificado por la Decisión n° 3/94 del Comité Mixto del EEE;

Considerando que deben incorporarse el Reglamento (CE) n° 3384/94, de 21 de diciembre de 1994, relativo a las notificaciones, plazos y audiencias contemplados en el Reglamento (CEE) n° 4064/89 del Consejo sobre el control de las operaciones de concentración entre empresas, y el Reglamento (CE) n° 3385/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, relativo a la forma, el contenido y demás modalidades de las solicitudes y notificaciones realizadas en el Reglamento n° 17 del Consejo, en la lista del apartado 1 del artículo 3 del Protocolo n° 21 del Acuerdo,

HA DECIDIDO LO SIGUIENTE:

Artículo 1

El punto 2 del apartado 1 del artículo 3 del Protocolo n° 21 del Acuerdo será sustituido por el siguiente:

«2. 394 R 3384: Reglamento (CE) n° 3384/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, relativo a las notificaciones, plazos y audiencias contemplados en el Reglamento (CEE) n° 4064/89 del Consejo sobre el control de las operaciones de concentración entre empresas (DO n° L 377 de 31. 12. 1994, p. 1).».

Artículo 2

El punto 4 del apartado 1 del artículo 3 del Protocolo n° 21 del Acuerdo será sustituido por el siguiente:

«4. 394 R 3385: Reglamento (CE) n° 3385/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, relativo a la forma, el contenido y las demás modalidades

de las solicitudes y notificaciones realizadas en aplicación del Reglamento n° 17 (DO n° L 377 de 31. 12. 1994, p. 28).».

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de abril de 1997, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión será publicada en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 14 de marzo de 1997.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

C. DAY

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 14/03/1997
  • Fecha de publicación: 10/07/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 01/04/1997
  • Entrada en vigor: 1 de abril de 1997, Si se Cumple lo Exigido.
Referencias anteriores
  • MODIFICA puntos 2 y 4 del art. 3.1 del Protocolo núm. 21 del Acuerdo sobre el Espacio Economico Europeo, aprobado por Decisión 94/1, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
  • CITA:
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Armonización de legislaciones
  • Austria
  • Comunidad Europea
  • Concentración de Empresas
  • Empresas
  • Finlandia
  • Islandia
  • Liechtenstein
  • Noruega
  • Prácticas restrictivas de la competencia
  • Suecia
  • Suiza

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