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Documento DOUE-L-1997-81098

Rectificación a la Decisión 97/73/CE de la Comisión, de 28 de noviembre de 1996, por la que se aprueba el programa de erradicación de la brucelosis ovina, y caprina para 1997 presentado por España y por la que se fija la cuantía de la participación financiera comunitaria.

Publicado en:
«DOCE» núm. 158, de 17 de junio de 1997, páginas 50 a 50 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-81098

TEXTO ORIGINAL

En la página 33, en el artículo 3, el apartado 1 se sustituirá por el texto siguiente:

«1. La contribución financiera de la Comunidad queda fijada en el 50% de los gastos que correspondan a España en concepto de compensación a los propietarios de los animales que deben ser sacrificados con un importe

máximo de 8 100 000 ecus.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 17/06/1997
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Decisión 97/73, de 28 de noviembre (Ref. DOUE-L-1997-80106).
Materias
  • Epidemias
  • España
  • Ganado caprino
  • Ganado ovino
  • Programas
  • Sanidad veterinaria

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