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Documento DOUE-L-1996-82203

Reglamento (CE) nº 2448/96 de la Comisión de 18 de diciembre de 1996 por el que se modifican los Anexos del Reglamento (CE) nº 1256/96 del Consejo relativo a la aplicación de un plan plurianual de preferencias arancelarias generalizadas durante el período comprendido entre el 1 de julio de 1996 y el 30 de junio de 1999 a determinados productos agrícolas originarios de países en vías de desarrollo.

Publicado en:
«DOCE» núm. 333, de 21 de diciembre de 1996, páginas 12 a 13 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1996-82203

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1256/96 del Consejo, de 20 de junio de 1996, relativo a la aplicación de un plan plurianual de preferencias arancelarias generalizadas durante el período comprendido entre el 1 de julio de 1996 y el 30 de junio de 1999 a determinados productos agrícolas originarios de países en vías de desarrollo y, en particular, el apartado 3 de sus artículos 15 y 18,

Considerando que el apartado 3 del artículo 15 del Reglamento (CE) n° 1256/96 establece el procedimiento para efectuar cambios en sus Anexos I, II y VI, necesarios debido a las modificaciones introducidas en la nomenclatura combinada; que la nomenclatura combinada para 1997 adjunta al Reglamento (CE) n° 1734/96 de la Comisión, incorpora nuevos elementos que afectan a las listas de los Anexos I y VI del Reglamento (CE) n° 1256/96 y resulta por tanto conveniente adaptar dichos Anexos adecuadamente;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de las preferencias generalizadas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los Anexos I y VI del Reglamento (CE) n° 1256/96 se adaptarán de acuerdo con el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1997.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de diciembre de 1996.

Por la Comisión

Manuel MARIN

Vicepresidente

ANEXO

El Reglamento (CE) nº 1256/96 quedará modificado como sigue:

En el Anexo Y:

En la columna 1 de la parte 1:

en lugar de: «0304 20 57»

léase: «0304 20 55

0304 20 56

0304 20 58»

en lugar de: «0810 50 00»

léase: «0810 50»

En la columna 1 de la parte 2:

en lugar de: «0713 50»

léase: «0713 50 00»

En la columna 1 de la parte 3:

en lugar de: «0303 80 00»

léase: «0303 80 90»

en lugar de: «0306 13 90»

léase: «0306 13 40

0306 13 50

0306 13 80»

en lugar de: «1605 30 00»

léase: «1605 30 90»

en lugar de: «2309 90 98»

léase: «2309 90 95

2309 90 97»

En la columna 1 de la parte 4:

en lugar de: «0713 20»

léase: «0713 20 00»

en lugar de: «0713 31»

léase: «0713 31 00»

en lugar de: «0713 32»

léase: «0713 32 00»

en lugar de: «0713 39»

léase: «0713 39 00»

en lugar de: «0713 40»

léase: «0713 40 00»

En el Anexo VI:

- En la columna 1:

en lugar de: «0810 50 00»

léase: «0810 50»

en lugar de: «2309 90 98»

léase: «2309 90 95

2309 90 97»

- En la nota a pie de página(4):

en lugar de: «1604 14 14»

léase: «1604 14 11».

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 18/12/1996
  • Fecha de publicación: 21/12/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1997
Referencias anteriores
  • MODIFICA los Anexos I y VI del Reglamento 1256/96, de 20 de junio (DOCE L 160, de 29.6.1996).
Materias
  • Derechos arancelarios
  • Importaciones
  • Países en Vías de Desarrollo
  • Productos agrícolas

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