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Documento DOUE-L-1996-81950

Decisión de la Comisión, de 25 de noviembre de 1996, sobre determinadas medidas de protección respecto de las Conservas de Atun Originarias de Costa de Marfil.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 304, de 27 de noviembre de 1996, páginas 25 a 25 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1996-81950

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/675/CEE del Consejo, de 10 de diciembre de 1990, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros, cuya última modificación la constituye la Directiva 96/43/CE y, en particular, su artículo 19,

Considerando que se han declarado en la Comunidad casos de botulismo en seres humanos;

Considerando que la investigación ha demostrado que el origen de esa intoxicación está relacionado con las conservas de atún importadas de un establecimiento situado en Costa de Marfil;

Considerando que la presencia de toxinas botulínicas constituye un grave peligro para la salud humana; que es preciso adoptar rápidamente, a escala comunitaria, las medidas de protección necesarias;

Considerando que conviene suspender las importaciones de conservas de atún procedentes del citado establecimiento a la espera de que las autoridades marfileñas proporcionen garantías sanitarias;

Considerando que las disposiciones de la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

Los Estados miembros prohibirán la importación de conservas de atún procedentes del establecimiento Conserves Internationales de Cote d'Ivoire, número 120PP.

Artículo 2

Los Estados miembros modificarán las medidas que aplican a las importaciones para ajustarlas a la presente Decisión e informarán de ello a la Comisión.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 25 de noviembre de 1996.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 25/11/1996
  • Fecha de publicación: 27/11/1996
  • Fecha de derogación: 12/05/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Materias
  • Conservas
  • Costa de Marfil
  • Importaciones
  • Pescado

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