LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) nº 3972/86 del Consejo, de 22 de diciembre de 1986, relativo a la política y a la gestión de la ayuda alimentaria, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 1930/90, y, en particular, la letra c) del apartado 1 de su artículo 6,
Considerando que el Reglamento (CE) nº 2280/95 de la Comisión abre una licitación para la entrega, en concepto de ayuda alimentaria, de 20 274 toneladas de cereales ; que procede modificar ciertas condiciones que figuran en el Anexo I de dicho Reglamento,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Respecto al lote B, el punto 10 del Anexo I del Reglamento (CE) nº 2280/95 se sustituirá por el punto siguiente :
« 10. Envasado y marcado : véase DO nº C 114 de 29. 4. 1991, p. 1 [II A 2 e) y II A 3]
Inscripciones en inglés
El envasado en sacos debe realizarse antes del embarque ».
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 10 de octubre de 1995.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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