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Documento DOUE-L-1995-80275

Reglamento (CE) nº 682/95 del Consejo, de 27 de marzo de 1995, por el que se prolonga la campaña lechera de 1994-1995.

Publicado en:
«DOCE» núm. 71, de 31 de marzo de 1995, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1995-80275

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos y, en particular, su artículo 2,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el precio indicativo de la leche y los precios de intervención de la mantequilla y de la leche desnatada en polvo fueron fijados con motivo de la reforma de la política agrícola común por el Reglmento (CEE) nº 2072/92, para el período comprendido entre el 1 de julio de 1993 y el 30 de junio de 1995 ; que, por consiguiente, conviene prolongar la campaña lechera de 1994-1995 hasta el 30 de junio de 1995,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

La campaña lechera de 1994-1995 se terminará el 30 de junio de 1995 y la campaña lechera de 1995-1996 comenzará el 1 de julio de 1995.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de abril de 1995.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de marzo de 1995.

Por el Consejo

El Presidente

J. PUECH

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 27/03/1995
  • Fecha de publicación: 31/03/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 01/04/1995
Materias
  • Leche
  • Precios
  • Productos lácteos

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