Está Vd. en

Documento DOUE-L-1995-80254

Decisión de la Comisión, de 17 de marzo de 1995, que modifica la Decisión 94/205/CE por la que se adoptan las condiciones particulares de importación de vieiras y otras Pectinedae congeladas o transformadas originarias de Japón.

Publicado en:
«DOCE» núm. 66, de 24 de marzo de 1995, páginas 24 a 25 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1995-80254

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIONDE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 91/493/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1991, por la que se fijan las normas sanitarias aplicables a la producción y a la puesta en el mercado de los productos pesqueros, cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia, y, en particular, su artículo 11, apartado 5,

Considerando que en la Decisión 94/205/CE, se estableció la lista de los establecimientos autorizados por Japón para la importación de vieiras y otras Pectinedae congeladas o transformadas en la Comunidad; que los establecimientos que figuran en esta lista fueron autorizados hasta el 31 de diciembre de 1994 ;

Considerando que dicha lista puede modificarse de acuerdo con una nueva lista que ha enviado la autoridad competente en Japón ; que la autoridad competente en Japón ha enviado a finales de diciembre de 1994 una nueva lista en la que se han modificado los datos de 8 establecimientos ;

Considerando que, debido a la adhesión de nuevos Estados miembros a la Comunidad, se han producido importantes problemas materiales que no han permitido la modificación de la Decisión 94/205/CE en el plazo previsto ;

Considerando que, para evitar que la interrupción de las importaciones sea un perjuicio injustificado y demasiado importante para los operadores económicos, es necesario prever que los productos congelados o transformados a partir del 1 de enero de 1995 puedan ser importados;

Considerando que es necesario modificar en consecuencia la lista de los establecimientos autorizados ;

Considerando que las medidas previstas por la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

A contar desde el 1 de enero de 1995, el Anexo C de la Decisión 94/205/CE se sustituirá por el Anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 17 de marzo de 1995.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANEXO

« ANEXO C

Lista de los establecimientos autorizados para la exportación de vieiras y otras Pectinedjae congeladas o transformadas a la Comunidad Europea

Nº de

autorización Nombre y dirección

0188001 MARUSIN TERAMOTO SYOTEN

39-1, Akebonocho, Yuubetsu-cho, Monbetsu-gun,

Hokkaido, Japan

0188002 HOKUYUU SHOKUHIN KOGYO CO., LTD

106-1, Kitaheison 1-ku, Kamiyuubetsu-cho, Monbetsu-gun,

Hokkaido, Japan

0188003 HOKUSHO FISHERY CO., LTD

51, Naniwa, Saroma-cho, Tokoro-gun,

Hokkaido, Japan

0191001 MARUKICHI CO., Inc.

5-2, Higashi 2-chome, Kita 3-jyo, Abashiri-shi,

Hokkaido, Japan

0191002 TOKORO FISHERIES CO-OPERATIVE ASSOCIATION

Refrigeration plant

23-4, Higashihama, Tokoro-cho, Tokoro-gun,

Hokkaido, Japan

0191003 KITAMI SYOKUHIN KOUGYO CO., Inc.

1-8, Kaigan-cho, Abashiri-shi,

Hokkaido, Japan

0192002 MONBETSU FISHERIES CO-OPERATIVE ASSOCIATION

4, Shinkou-cho 1-chome, Monbetsu-shi,

Hokkaido, Japan

0192003 HOKUYUU CO., LTD

25-29, Shinkou-cho 2-chome, Monbetsu-shi,

Hokkaido, Japan

0251001 SEIHO SHOJI CO., LTD

268-1, Ashiya, Yatsuyaku, Aomori-shi,

Aomori, Japan

0251002 MATSUBAR-A SUISAN CO., LTD

208-9, Yamada, Shinjo, Aomori-shi,

Aomori, Japan

0251003 AOMORI PREFECTURE FEDERATION OF FISHERIES COOPERATIVE

ASSOCIATIONS SECOND HIRANAI REFRIGERATION PROCESS FACTORY

91-53, Asadokoro, Hiranai-machi, Higashitsugaru-gun,

Aomori, Japan

0251004 KITAFUKU KAISAN LTD

1-5, Yunosawa, Negishi, Taira-date-mura,

Higashitsugaru-gun,

Aomori, Japan

0257001 MARUICHI YOKOHAMA CO., LTD

34-92, Toriitaira, Noheji-machi, Kamikita-gun,

Aomori, Japan »

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 17/03/1995
  • Fecha de publicación: 24/03/1995
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE, a partir del 1 de enero de 1995, el Anexo C de la Decisión 94/205, de 8 de abril (Ref. DOUE-L-1994-80528).
Materias
  • Congelados
  • Importaciones
  • Japón
  • Mariscos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid