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Documento DOUE-L-1994-82565

Rectificación al Reglamento (CE) nº 2954/94 de la Comisión, de 5 de diciembre de 1994, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1503/94 del Consejo por el que se establece un régimen de compesanción de los costes suplementarios que supone la comercialización de determinados productos de la pesca de las Azores, Madeira, islas Canarias y el departamento francés de la Guyana, debido a la situación ultraperiférica de estas regiones.

Publicado en:
«DOCE» núm. 332, de 22 de diciembre de 1994, páginas 72 a 72 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-82565

TEXTO ORIGINAL

(Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 312 de 6 de diciembre de 1994)

En la página 3, en la tercera y quinta líneas del apartado 3 del artículo 2:

en lugar de: «... ecus por tonelada, hasta una cantidad máxima...»,

léase: «... ecus por tonelada comercializada, hasta una cantidad máxima...».

En la página 4, la primera frase del apartado 1 del artículo 4 se leerá como sigue:

«Los pagos se efectuarán con cargo al año 1994.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 22/12/1994
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 2954/94, de 5 de diciembre (Ref. DOUE-L-1994-81823).
Materias
  • Ayudas
  • Canarias
  • Feoga Garantía
  • Francia
  • Guyana
  • Pesca
  • Portugal

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