EL CONSEJODE LA UNION EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo J.3,
Vista la Decisión 93/603/PESC del Consejo, de 8 de noviembre de 1993, referente a la acción común, adoptada por el Consejo basándose en el artículo J.3 del Tratado de la Unión Europea relativa al apoyo al envío de la ayuda humanitaria a Bosnia y Herzegovina (1),
Vista la Decisión 93/729/PESC del Consejo (2) por la que se completa esta acción común,
Vista la Decisión 94/308/PESC del Consejo (3) por la que se adapta y se prorroga la Decisión 93/603/PESC,
Vista la Decisión 94/510/PESC del Consejo (4), de 27 de julio de 1994 por la que se completa la Decisión 93/603/PESC,
DECIDE:
1. Se prorroga la aplicación de la Decisión 93/603/PESC, completada y adaptada por las Decisiones 93/729/PESC, 94/308/PESC y 94/510/PESC, hasta el 31 de diciembre de 1995.
2. La presente Decisión entrará en vigor en el día de su adopción.
3. La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial.
Hecho en Bruselas, el 12 de diciembre de 1994.
Por el Consejo
El Presidente
J. BORCHERT
(1) DO no L 286 de 20. 11. 1993, p. 1.(2) DO no L 339 de 31. 12. 1993, p. 3.(3) DO no L 134 de 30. 5. 1994, p. 1.(4) DO no L 205 de 8. 8. 1994, p. 3.
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