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Documento DOUE-L-1994-81916

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 23/94, de 28 de octubre de 1994, por la que se modifica el Anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOCE» núm. 325, de 17 de diciembre de 1994, páginas 76 a 77 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-81916

TEXTO ORIGINAL

EL COMITE MIXTO EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo modificado por el Protocolo por el que se adapta el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado « el Acuerdo » y, en particular, su artículo 98,

Considerando que el Anexo XX del Acuerdo fue modificado mediante la Decisión n° 7/94 del Comité Mixto del EEE, de 21 de marzo de 1994, por la que se modifica el Protocolo 47 y determinados Anexos del Acuerdo EEE (1);

Considerando que la Directiva 94/15/CE de la Comisión, de 15 de abril de 1994, por la que se adapta al progreso técnico por primera vez la Directiva 90/220/CEE del Consejo sobre la liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente (2) debe ser incorporada al Acuerdo;

Considerando que la Decisión 94/211/CE de la Comisión, de 15 de abril de 1994, por la que se modifica la Decisión 91/596/CEE del Consejo relativa al modelo de resumen de notificación contemplado en el artículo 9 de la Directiva 90/220/CEE del Consejo (3) debe ser incorporada al Acuerdo,

DECIDE:

Artículo 1

En el punto 25 del Anexo XX del Acuerdo (Directiva 90/220/CEE del Consejo) antes de las adaptaciones:

« , modificado por:

- 394 L 0015: Directiva 94/15/CE de la Comisión, de 15 de abril de 1994 (DO

n° L 103 de 22. 4. 1994, p. 20). ».

Artículo 2

Se añade el texto siguiente al punto 25.A (Decisión 91/596/CEE del Consejo) antes de las adaptaciones:

« , modificado por:

- 394 D 0211: Decisión 94/211/CE de la Comisión, de 15 de abril de 1994 (DO n° L 105 de 26. 4. 1994, p. 26). ».

Artículo 3

Los textos de la Directiva 94/15/CE y de la Decisión 94/211/CE en lenguas finlandesa, islandesa, noruega y sueca adjuntos a las respectivas versiones lingueísticas de la presente Decisión son igualmente auténticos.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de diciembre de 1994, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones al Comité Mixto del EEE de conformidad con el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.

Artículo 5

La presente Decisión será publicada en la sección EEE y en el suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 28 de octubre de 1994.

Por el Comité Mixto del EEE El Presidente H. HAFSTEIN

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 28/10/1994
  • Fecha de publicación: 17/12/1994
  • Entrada en vigor: 1 de diciembre de 1994, Si se Cumple lo Exigido.
Referencias anteriores
Materias
  • Espacio Económico Europeo

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