LA COMISION DELAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 404/93 del Consejo, de 13 de febrero de 1993, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del plátano (1), modificado por el Reglamento (CE) no 3518/93 de la Comisión (2), y, en particular, sus artículos 16 y 20,
Considerando que la Decisión 94/654/CE de la Comisión (3) ha adoptado el plan de previsiones para 1994; que determinadas regiones de producción de la Comunidad, así como determinados países ACP, fueron víctimas el 10 de septiembre de 1994 de la tormenta tropical Debbie; que, a partir del examen de la situación y de un cálculo fiable de las consecuencias que la tormenta tropical Debbie tendrá sobre la producción y disponibilidad de plátanos de estas regiones para el mercado comunitario al menos hasta finales del año 1994, procede adaptar el plan de previsiones para 1994;
Considerando que el Comité de gestión de los plátanos no ha emitido dictamen alguno en el plazo establecido por su presidente,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
El Anexo de la Decisión 94/654/CE quedará sustituido por el de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 18 de noviembre de 1994.
Por la Comisión
René STEICHEN
Miembro de la Comisión
(1) DO no L 47 de 25. 2. 1993, p. 1.
(2) DO no L 320 de 22. 12. 1993, p. 15.
(3) DO no L 254 de 30. 9. 1994, p. 90.
ANEXO
PLAN PROVISIONAL PARA LOS PLATANOS EN 1994 (toneladas/peso neto)
Producción CE 607 100
Importaciones - tradicionales ACP 648 500
contingente arancelario 2 171 400
Consumo bruto 3 427 000
Exportaciones 26 000
Consumo neto 3 401 000
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