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Documento DOUE-L-1994-81571

Decisión del Consejo, de 10 de octubre de 1994, relativa a la posición común definida sobre la base del artículo J.2 del Tratado de la Unión Europea y referente a la suspensión de determinadas restricciones aplicables al comercio con la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro).

Publicado en:
«DOCE» núm. 266, de 15 de octubre de 1994, páginas 11 a 11 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-81571

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo J.2,

Vista la Resolución no 943 (1994), adoptada el 23 de septiembre de 1994 por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,

DECIDE:

Artículo 1

De conformidad con la Resolución no 943 (1994), adoptada el 23 de septiembre de 1994 por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, se suspenderán determinadas restricciones aplicables al comercio con la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro).

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial.

Hecho en Luxemburgo, el 10 de octubre de 1994.

Por el Consejo

El Presidente

Th. WAIGEL

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 10/10/1994
  • Fecha de publicación: 15/10/1994
Materias
  • Comercio
  • Comunidad Económica Europea
  • República Federativa de Yugoslavia
  • Unión Europea

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