EL COMITE MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como el Protocolo de adaptación del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado « El Acuerdo » y, en particular, su artículo 98,
Considerando que debe incorporarse en el Acuerdo la Directiva 94/8/CE del Consejo, de 21 de marzo de 1994, por la que se modifica la Directiva 78/660/CEE en lo relativo a la revisión de los importes expresados en ecus (1),
DECIDE:
Artículo 1
Se añadirá al Anexo XXII del Acuerdo, en el punto 4 (cuarta Directiva del Consejo 78/660/CEE), antes de las adaptaciones, el texto siguiente:
« - 394 L 0008: Directiva 94/8/CE del Consejo, de 21 de marzo de 1994, por la que se modifica la Directiva 78/660/CEE en lo relativo a la revisión de los importes expresados en ecus (DO n° L 82 de 25. 3. 1994, p. 33). ».
Artículo 2
Son auténticos los textos de la Directiva 94/8/CE en finlandés, islandés, noruego y sueco, que se incorporan como Anexos a las respectivas versiones lingueísticas de la presente Decisión.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de octubre de 1994, siempre que se hayan presentado al Comité mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión será publicada en la sección EEE y en el suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 8 de julio de 1994.
Por el Comité mixto del EEE El Presidente H. HAFSTEIN
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