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Documento DOUE-L-1994-80772

Decisión del Consejo, de 30 de mayo de 1994, relativa a la posición común definida sobre la base del artículo J.2 del Tratado de la Unión Europea sobre la disminución de las relaciones económicas con Haití.

Publicado en:
«DOCE» núm. 139, de 2 de junio de 1994, páginas 10 a 10 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-80772

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS UNION EUOPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo J.2,

Vista la Resolutión 917 (1994), aprobada el 6 de mayo de 1994 por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,

DECIDE:

Artículo 1

1. Las relaciones económicas con Haití se reducirán con arreglo a las disposiciones pertinentes obligatorias de la Resolución 917 (1994), adoptada el 6 de mayo de 1994 por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

2. Los Estados miembros adoptarán a la mayor brevedad las medidas legales, reglamentarias y administrativas necesarias para llevar a cabo la congelación de los fondos y los recursos financieros contemplados en el apartado 4 de la mencionada Resolución.

Artículo 2

3. La presente Decisión será publicada en el Diario Oficial.

Hecho en Bruselas, el 30 de mayo de 1994.

Por el Consejo

El Presidente

G. MORAITIS

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 30/05/1994
  • Fecha de publicación: 02/06/1994
Materias
  • Embargos
  • Haití

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