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Documento DOUE-L-1994-80482

Reglamento (CE) nº 768/94 de la Comisión, de 6 de abril de 1994, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 630/94 por lo que respeta al período de validez de los certificados expedidos en el marco del régimen particular de importación de maíz en Portugal.

Publicado en:
«DOCE» núm. 90, de 7 de abril de 1994, páginas 22 a 22 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-80482

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) nº 3670/93 del Consejo, de 22 de diciembre de 1993, relativo al régimen particular de importación de maíz en Portugal (1) y, en particular, su artículo 7,

Considerando que el Reglamento (CE) nº 630/94 de la Comisión, de 21 de marzo

de 1994, relativo a la apertura de una licitación para la reducción de la exacción reguladora a la importación en Portugal de maíz procedente de terceros países (2), determina, en particular, el período de validez de los certificados; que, con objeto de facilitar las importaciones de maíz a Portugal en el marco de dicho régimen, es preciso prorrogar dicho período de validez;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CE) nº 630/94 será sustituido por el texto siguiente:

« 2. Los certificados de importación expedidos en el marco del presente Reglamento, serán válidos a partir de la fecha de su expedición, con arreglo a los términos del apartado 1 hasta el 16 de mayo de 1994 ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 6 de abril de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

_______________

(1) DO nº L 338 de 31. 12. 1993, p. 35.

(2) DO nº L 78 de 22. 3. 1994, p. 20.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 06/04/1994
  • Fecha de publicación: 07/04/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 07/04/1994
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 3.2 del Reglamento 630/94, de 21 de marzo (Ref. DOUE-L-1994-80390).
Materias
  • Cereales
  • Certificaciones
  • Importaciones
  • Maíz
  • Portugal

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