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Documento DOUE-L-1993-82536

Rectificación al Reglamento (CEE) núm. 2552/93 del Consejo, de 13 de septiembre de 1993, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de corindon artificial originario de la República Popular de China, la Federación Rusa y Ucrania, con excepción de las importaciones del mismo producto vendido para su exportación a la comunidad por empresas cuyos compromisos han sido aceptados.

Publicado en:
«DOCE» núm. 279, de 12 de noviembre de 1993, páginas 46 a 46 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-82536

TEXTO ORIGINAL

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 2552/93 del Consejo, de 13 de septiembre de 1993, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de corindón artificial originario de la República Popular de China, la Federación Rusa y Ucrania, con excepción de las importaciones del mismo producto vendido para su exportación a la Comunidad por empresas cuyos compromisos han sido aceptados

(Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 235 de 1 8 de septiembre de 1993)

En la página 2, en el artículo 1, en el apartado 1:

en lugar de: "correspondiente al código NC ex 2818 00 00",

léase: "correspondiente al código NC ex 2818 10 00".

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 12/11/1993
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 2552/93, de 13 de septiembre (Ref. DOUE-L-1993-81513).
Materias
  • China
  • Derechos antidumping
  • Importaciones
  • Rusia
  • Ucrania

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