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Documento DOUE-L-1993-82535

Rectificación al Reglamento (CEE) núm. 577/93 del Consejo, de 8 marzo de 1993, por el que se suspenden total o parcialmente los derechos aplicables a determinados productos de los capítulos 1 a 24 de la nomenclatura combinada originarios de Malta (1993).

Publicado en:
«DOCE» núm. 279, de 12 de noviembre de 1993, páginas 46 a 46 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-82535

TEXTO ORIGINAL

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 577/93 el Consejo, de 8 de marzo de 1993, por el que se suspenden total o parcialmente los derechos aplicables a determinados productos de los capítulos 1 a 24 de la nomenclatura combinada originarios de Malta (1993)

(Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 61 de 13 de marzo de 1993)

En la página 3, en el número de orden 16.0055, en la columna "Código NC":

en lugar de: "0208 10 10",

léase: "0208 10 11

0208 10 19".

En la página 4, en el número de orden 16.0790 se sustituirá por el texto siguiente:

"16.0790 ex 0709 90 90 Calabazas y calabacines, del 1 de 9 %

enero al último día de febrero.

Las demás, con excepción del

perejil del 1 de enero al 31 de

marzo

16.0795 ex 0709 90 90 Comboux [Hibiscus esculentus L. Exención"

o Abelmoschus esculentus (L.

Moenchl)]; Marina oleifera

("drumsticks")

En la página 7, en los códigos Taric, el número de orden 16.2580 se sustituirá por:

"16.2580 ex 1901 10 00 1901 10 00*31

1901 10 00*33

1901 10 00*35

1901 10 00*37

1901 10 00*81

1901 10 00*83

1901 10 00*85

1901 10 00*87

ex 1901 90 90 1901 90 90*16

1901 90 90*18

1901 90 90*97

1901 90 90*99"

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 12/11/1993
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 577/93, de 8 de marzo (Ref. DOUE-L-1993-80315).
Materias
  • Arancel Aduanero Común
  • Importaciones
  • Mercancías

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