(93/417/CEE)LACOMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Considerando que es necesario adaptar la pertenencia al grupo a la luz de los acontecimientos a escala comunitaria,
DECIDE:
Artículo 1
La Decisión 91/544/CEE de la Comisión (1) se modificará de la siguiente manera:
1) En el apartado 2 del artículo 3 se reemplazará « 20 » por « 25 ».
2) En el apartado 3 del artículo 4 se añadirá « PEOA - Plataforma europea de
organizaciones de las personas de edad avanzada: 5 puestos » a la lista de organizaciones miembros del grupo de enlace. En el Anexo se añadirá « PEOA » a la lista de organizaciones a las que se invita a presentar candidatos.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 21 de junio de 1993.
Hecho en Bruselas, el 21 de junio de 1993.
Por la Comisión
Padraig FLYNN
Miembro de la Comisión
(1) DO no L 296 de 26. 10. 1991, p. 42.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid