Rectificación al Reglamento (CEE) nº 3882/91 del Consejo, de 18 de diciembre de 1991, por el que se fijan, para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones de peces, los totales admisibles de capturas para 1992 y determinadas condiciones en las que pueden pescarse.
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«DOCE» núm. 24, de 1 de febrero de 1992, páginas 98 a 98 (1 pág.)