EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas establecido por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo de 29 de febrero de 1968 (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 571/92 del Consejo de 2 de marzo de 1992 (2) y, en particular, su artículo 1 y el apartado 2 de su artículo 29,
Visto el Reglamento interno revisado del Comité Económico y Social (3), cuya última modificación tuvo lugar el 10 de marzo de 1986 (4), y, en particular, su artículo 56 y el tercer guión del párrafo primero de su artículo 57,
Vista la convocatoria no CES/72/91 para cubrir la vacante de secretario general del Comité Económico y Social (5),
Vista la propuesta de la Mesa del Comité Económico y Social, comunicada al Consejo por carta el 16 de julio de 1992,
Visto el acuerdo de la Comisión de las Comunidades Europeas, comunicado al Consejo mediante carta fechada el 28 de agosto de 1992,
Considerando que el Sr. Simon Pierre Nothomb reúne las condiciones necesarias para ser nombrado secretario general,
DECIDE:
Artículo único
1. El Sr. Simon Pierre Nothomb, nacido el 4 de julio de 1933, queda nombrado secretario general del Comité Económico y Social, a partir de la fecha de la presente Decisión. El Sr. Simon Pierre Nothomb no será clasificado y recibirá una retribución equivalente a la de un funcionario del grado A 1, escalón 6.
2. El presidente del Comité Económico y Social se encargará de la ejecución de la presente Decisión. Hecho en Luxemburgo, el 5 de octubre de 1992. Por
el Consejo
El Presidente
T. GAREL-JONES
(1) DO no L 56 de 4. 3. 1968, p. 1. (2) DO no L 62 de 7. 3. 1992, p. 1. (3) DO no L 228 de 19. 8. 1974, p. 1. (4) DO no L 354 de 15. 12. 1986, p. 1. (5) DO no C 73 A de 24. 3. 1992, p. 3.
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