Está Vd. en

Documento DOUE-L-1992-81284

Reglamento (CEE) núm. 2060/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se fija, para la campaña de cria 1992/93, el importe de la ayuda para los gusanos de seda.

Publicado en:
«DOCE» núm. 215, de 30 de julio de 1992, páginas 20 a 20 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1992-81284

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 845/72 del Consejo, de 24 de abril de 1972, por el que se prevén medidas especiales para favorecer la cría de gusanos de seda (1) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 2,

Vista la propuesta de la Comisión (2),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (3),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (4),

Considerando que el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 845/72 dispone que el importe de la ayuda para los gusanos de seda criados en la Comunidad se fijará cada año de modo que contribuya a garantizar una renta equitativa al criador, habida cuenta de la situación del mercado de los capullos y de la seda cruda, de su evolución previsible y de la política de importación;

Considerando que la aplicación de los criterios anteriormente contemplados conduce a fijar el importe de la ayuda en el nivel indicado en el presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Para la campaña de cría 1992/93 el importe de la ayuda para los gusanos de seda, contemplada en el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 845/72, se fija, por caja de huevos de gusanos de seda utilizada, en 111,81 ecus.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será aplicable a partir del 1 de abril de 1992.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 30 de junio de 1992.

Por el Consejo

El Presidente

Arlindo MARQUES CUNHA

(1) DO no L 100 de 27. 4. 1972, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2059/92 (véase la página 19 del presente Diario Oficial).(2) DO no C 119 de 11. 5. 1992, p. 37.(3) DO no C 150 de 15. 6. 1992.(4) DO no C 169 de 6. 7. 1992.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 30/06/1992
  • Fecha de publicación: 30/07/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 30/07/1992
  • Aplicable desde El 1 de abril de 1992.
Referencias anteriores
Materias
  • Ayudas
  • Sericultura

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid