Rectificación al Reglamento (CEE) nº 3269/91 de la Comisión, de 8 de noviembre de 1991, relativo a la interrupción de la pesca de la limanda de cola amarilla por parte de los barcos que naveguen bajo pabellón de un Estado miembro.
Publicado en:
«DOCE» núm. 344, de 14 de diciembre de 1991, páginas 87 a 87 (1 pág.)