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Documento DOUE-L-1991-82106

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 3703/90 del Consejo, de 17 de diciembre de 1990, relativo a la suspensión temporal de los derechos autónomos del arancel aduanero común para determinados productos agrícolas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 18, de 21 de enero de 1991, páginas 23 a 23 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1991-82106

TEXTO ORIGINAL

En la página 2, en el Anexo :

- en el primer producto :

en lugar de : « ... (Cyclopierus lumpus) ... »,

léase : « ... (Cyclopterus lumpus)... »;

-en el cuarto producto :

en lugar de : « ... Pisua sativua ... Hortens axiphius ... »,

léase : « ... Pisum sativum ... Hortense axiphium ... »;

-en el quinto producto, tercera línea :

en lugar de : « ... para garantizar provisionalmente su conservacion, ... »,

léase : « ... para dicha conservacion, ... »;

- en el septimo producto, segunda línea :

en lugar de : « ... en envases imediatos ... »,

léase : « ... en envases inmediatos ... ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 21/01/1991
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 3703/90, de 17 de diciembre (Ref. DOUE-L-1990-81737).
Materias
  • Arancel Aduanero Común
  • Productos agrícolas

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