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Documento DOUE-L-1991-80120

Decisión del Consejo, de 18 de diciembre de 1990, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República Argentina sobre el comercio de productos textiles.

Publicado en:
«DOCE» núm. 40, de 13 de febrero de 1991, páginas 1 a 38 (38 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1991-80120

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que procede aprobar el Acuerdo negociado entre la Comunidad Económica Europea y la República Argentina sobre el comercio de productos textiles, rubricado en Bruselas el 30 de septiembre de 1986 y aplicado con carácter provisional, en virtud de la Decisión 87/299/CEE (1), desde el 1 de enero de 1987,

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo

entre la Comunidad Económica Europea y la República Argentina sobre el comercio de productos textiles,

El Texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

El presidente del Consejo procederá a la notificación prevista en el artículo 18 del Acuerdo.

Hecho en Bruselas, el 18 de diciembre de 1990.

Por el Consejo

El Presidente

G. DE MICHELIS

(1) DO N° L 156 de 16. 6. 1987, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 18/12/1990
  • Fecha de publicación: 13/02/1991
  • Contiene Acuerdo de 30 de septiembre de 1986, ADJUNTO a la misma.
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Argentina
  • Comercio
  • Fibras textiles
  • Productos textiles

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