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Documento DOUE-L-1990-81972

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 1419/90 del Consejo, de 25 de abril de 1990, por el que se suspenden temporalmente los derechos autónomos del arancel aduanero común sobre un determinado número de productos industriales (microelectrónica y sectores conexos).

Publicado en:
«DOCE» núm. 231, de 25 de agosto de 1990, páginas 40 a 40 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1990-81972

TEXTO ORIGINAL

En la página 3, sexto producto, primera columna,

en lugar de: « ex 8520 31 90 »,

léase: « ex 8522 90 99 ».

En la página 4, tercer producto, tercera línea,

en lugar de: « 2 mm »,

léase: « 3 mm ».

En la página 4, cuarto producto, tercera línea,

en lugar de: « ... y que lleva: »,

léase: « ..., provisto de un máximo de 4 patillas de conexión y de: ».

En la página 4, quinto producto, primera línea,

en lugar de: « 710 mm »,

léase: « 710 nm ».

En la página 4, último producto, primer guión, primera columna,

en lugar de: « TMS 4464 »,

léase: « MSM 4464 ».

En la página 5, primer producto, primer guión, primera columna,

en lugar de: « CY6C 122 »,

léase: « CYC 122 ».

En la página 6, segundo producto, cuarta línea,

en lugar de: « 8 m 32 mm »,

léase: « 8 x 32 mm ».

En la página 9, primer guión,

en lugar de: « MSM 27 C101 »,

léase: « M5M 27 C101 ».

En la página 9, tercer producto, tercera línea,

en lugar de: « 12 m 38 mm »,

léase: « 12 x 38 mm ».

En la página 14, tercer producto, tercera línea,

en lugar de: « 64 x 64 m »,

léase: « 18 x 18 mm ».

En la página 23, quinto producto, tercera línea,

en lugar de: « 10 x 10 x 5 mm »,

léase: « 10 x 10 mm ».

En la página 25, segundo producto, columna « Derechos autónomos »,

en lugar de: « 0 »,

léase: « 7 ».

En la página 26, último producto, primer guión, segunda columna,

en lugar de: « MSM 442256 »,

léase: « M5M 442256 ».

En la página 27, cuarto producto, segunda línea,

en lugar de: « de acceso máximo de 55 ns »,

léase: « de acceso superior al 55 ns».

En la página 28, segundo producto, columna « Derechos autónomos »,

en lugar de: « 0 »,

léase: « 7 ».

En la página 28, tercer producto, columna « Derechos autónomos »,

debe añadirse: « 7 ».

En la página 33, tercer producto, primera línea,

después de las palabras: « memoria de lectura (ROM) »,

hay que insertar lo siguiente: « de una memoria de lectura exclusivamente programable (PROM) ».

En la página 34, segundo producto, sexta línea,

después de las palabras: « 44 patillas de conexión »,

hay que insertar lo siguiente: « provista o no ».

En la página 38, cuarto producto, segunda y tercera líneas,

táchese la siguiente frase: « y una memoria de lectura exclusivamente (ROM) con una capacidad de memorización de 2 Kbits ».

En la página 43, cuarto producto, primer guión,

en lugar de: « VC 2730-00 1 C »,

léase: « VC 2730-000 1 C ».

En la página 61, quinto producto,

después de los dos guiones hay que añadir la frase siguiente: « Este circuito debe ser destinado a la fabricación de productos del código NC 9021 40 00 (a) ».

En la página 65, primer producto, columna « Código NC »,

en lugar de: « circuito integrado híbrido »,

léase: « circuito integrado monolítico analógico ».

En la página 65, tercer producto, segunda línea,

en lugar de: « »,

léase: « ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 25/08/1990
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 1419/90, de 25 de abril (Ref. DOUE-L-1990-80630).
Materias
  • Arancel Aduanero Común
  • Electrónica
  • Importaciones

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