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Documento DOUE-L-1990-80795

Reglamento (CEE) nº 1843/90 de la Comisión, de 29 de junio de 1990, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1155/90 relativo a los certificados de importación para los productos del sector de la carne de porcino originarios de los Estados de Africa, del Caribe y del Pacífico (Estados ACP) o de los países y territorios de Ultramar (PTU).

Publicado en:
«DOCE» núm. 168, de 30 de junio de 1990, páginas 16 a 16 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1990-80795

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 715/90 del Consejo, de 5 de marzo de 1990, relativo al régimen aplicable a determinados productos agrícolas y a determinadas mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas originarios de los Estados ACP o de los países y territorios de Ultramar (1), y, en particular, su artículo 27,

Considerando que el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 904/90 de la Comisión (2), que preveía el escalonamiento del contingente por trimestres, se modificó por el Reglamento (CEE) no 1740/90 (3) que instauró un

escalonamiento semestral; que procede, en consecuencia, modificar la cantidad que se fijó en el Reglamento (CEE) no 1155/90 de la Comisión (4) para la que se podrán presentar solicitudes de certificados para el segundo semestre de 1990,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CEE) no 1155/90 quedará modificado como sigue:

El artículo 1 será sustituido por el texto siguiente:

« Artículo 1

Durante los diez primeros días del mes de julio de 1990 podrán presentarse solicitudes de certificados con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CEE) no 904/90 por una cantidad global de 250 toneladas de productos del código NC 1601 00. »

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de junio de 1990.

Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 84 de 30. 3. 1990, p. 85.

(2) DO no L 93 de 10. 4. 1990, p. 23.

(3) DO no L 161 de 27. 6. 1990, p. 30.

(4) DO no L 116 de 8. 5. 1990, p. 7.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 29/06/1990
  • Fecha de publicación: 30/06/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 30/06/1990
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 1 del Reglamento 1155/90, de 7 de mayo (DOCE L 116, del 8).
  • CITA Reglamento 904/90, de 9 de abril (Ref. DOUE-L-1990-80377).
Materias
  • Carnes
  • Certificados de origen
  • Estados ACP
  • Ganado porcino
  • Importaciones
  • Países y Territorios de Ultramar

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