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Documento DOUE-L-1990-80396

Reglamento (CEE) nº 951/90 de la Comisión, de 11 de abril de 1990, que establece una excepción al Reglamento (CEE) nº 1589/87 relativo a la compra de mantequilla mediante licitación por parte de los organismos de intervención.

Publicado en:
«DOCE» núm. 96, de 12 de abril de 1990, páginas 72 a 72 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1990-80396

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3879/89 (2), y, en particular, el primer párrafo del apartado 1 y el apartado 3 de su artículo 7 bis,

Considerando que en el Reglamento (CEE) no 1589/87 de la Comisión (3) se establecen las normas relativas a la compra de mantequilla mediante licitación por parte de los organismos de intervención; que el apartado 2 del artículo 7 de dicho Reglamento establece que, dentro de los catorce días siguientes a la expiración del plazo de presentación de ofertas, el adjudicatario procederá a la entrega de la mantequilla; que, habida cuenta de los días festivos, este plazo puede ser insuficiente para la primera licitación de abril de 1990 y la segunda licitación de mayo de 1990; que, por tanto, es conveniente prorrogar los plazos de entrega de mantequilla correspondientes a las dos licitaciones citadas;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El plazo de 14 días a que se refiere el apartado 2 del artículo 7 del Reglamento (CEE) no 1589/87 se sustituye por un plazo de 21 días para las licitaciones cuyo plazo de presentación de ofertas finaliza el segundo martes de abril de 1990 y el cuarto martes de mayo de 1990.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 11 de abril de 1990.

Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.

(2) DO no L 378 de 27. 12. 1989, p. 1.

(3) DO no L 146 de 6. 6. 1987, p. 28.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 11/04/1990
  • Fecha de publicación: 12/04/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 12/04/1990
Referencias anteriores
Materias
  • Mantequilla
  • Organismo de intervención
  • Subastas

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