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Documento DOUE-L-1989-81858

Rectificación al Reglamento (CEE) núm. 2140/89 de la Comisión, de 12 de julio de 1989, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinados reproductores de disco compacto originarios de Japón y Corea del Sur.

Publicado en:
«DOCE» núm. 257, de 2 de septiembre de 1989, páginas 27 a 27 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1989-81858

TEXTO ORIGINAL

Página 20, en el punto 1 del artículo 1,

en lugar de: « ex 8519 99 10 10 (1) »,

léase: « 8519 99 10 10 (1) ».

Página 20, en la nota a pie de página,

en lugar de:

« (1) Los códigos TARIC indicados son los aplicables en la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento. »,

léase:

« (1) El código TARIC indicado es el código aplicable en la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento. »

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 02/09/1989
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 2140/89, de 12 de julio (Ref. DOUE-L-1989-80757).
Materias
  • Corea del Sur
  • Derechos antidumping
  • Discos compactos
  • Importaciones
  • Japón

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