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Documento DOUE-L-1989-81815

Rectificación a la Decisión 89/150/CEE del Consejo, de 27 de febrero de 1989, por la que se autoriza la tácita reconducción o el mantenimiento en vigor de las disposiciones cuyas materias estén sujetas a la política comercial común contenidas en los tratados de amistad, comercio y navegación, y acuerdos similares celebrados por los Estados miembros con terceros países.

Publicado en:
«DOCE» núm. 72, de 16 de marzo de 1989, páginas 31 a 31 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1989-81815

TEXTO ORIGINAL

Texto no disponible. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 16/03/1989
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Decisión 89/150, de 27 de febrero (Ref. DOUE-L-1989-80140).
Materias
  • Acuerdos comerciales

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