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Documento DOUE-L-1989-80931

Decisión del Parlamento Europeo, de 13 de abril de 1989, por la que se aprueba la gestión de la Comisón en la ejecución del presupuesto de las Comunidades Europeas para el Ejercicio 1987 en lo que respeta a las secciones I - Parlamento, II Consejo, III - Comisión, IV - Tribunal de Justicia, V - Tribunal de Cuentas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 247, de 23 de agosto de 1989, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1989-80931

TEXTO ORIGINAL

por la que se aprueba la gestión de la Comisión en la ejecución del Presupuesto de las Comunidades Europeas para el ejercicio 1987 en lo que respecta a las secciones I - Parlamento, II - Consejo,

EL PARLAMENTO EUROPEO,

- Visto el Tratado CECA y, en particular, su artículo 78 octavo,

- Visto el Tratado CEE y, en particular, su artículo 206 ter,

- Visto el Tratado CEEA y, en particular, su artículo 180 ter,

- Visto el Presupuesto para el ejercicio 1987,

- Vistos la cuenta de gestión y el balance financiero del ejercicio 1987,

- Visto el informe del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 1987, acompañado de las respuestas de las instituciones (1),

- Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario, así como las opiniones de la Comisión de Asuntos Sociales y Empleo, Comisión de Energía, Investigación y Tecnología, Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Protección del Consumidor, Comisión de Política Regional y de Ordenación del Territorio, Comisión de Juventud, Cultura, Educación, Información y Deporte, Comisión de Relaciones Económicas Exteriores, Comisión de Transportes y Comisión de Derechos de la Mujer (doc. A2-23/89),

1.

Constata que los ingresos y los gastos autorizados del ejercicio 1987 ascienden a:

(ecus)

(ecus)

Ingresos

36 170 572 115

Créditos para compromisos:

créditos autorizados en el Presupuesto General37 452 818 172

créditos subsistentes del ejercicio 1986 y créditos que por la anulación de compromisos en el ejercicio 1987 se han convertido en créditos subsistentes2 345 500 160

créditos que corresponden a los ingresos de rendimientos a cuenta de terceros3 160 255

39 801 478 587

Créditos para pagos

36 170 572 115

2.

Aprueba la gestión de la Comisión en la ejecución de los siguientes importes:

(ecus)

(ecus)

a) ingresos

Recursos propios35 497 773 598

Contribuciones financieras210 629 680

Ingresos diversos74 941 522

35 783 344 800

b) gastos

Pagos efectuados sobre los créditos del ejercicio34 110 985 289

Créditos prorrogados al ejercicio 1988 1 358 175 837

35 469 161 126

c) Saldo del ejercicio 1987

+ 521 561 395

Se calcula de la siguiente manera:

Ingresos del ejercicio

35 783 344 800

Pagos efectuados sobre los créditos del ejercicio34 110 985 289

Créditos prorrogados al ejercicio 1988 1 358 175 837

35 469 161 126

Diferencia

314 183 674

Créditos prorrogados del ejercicio 1986 y anulados definitivamente

+ 189 440 147

Diferencias de cambio del ejercicio 1987

+ 17 937 574

Saldo del ejercicio 1987

521 561 395

Este saldo refleja únicamente la situación contable y hace abstracción de los gastos efectivamente incurridos durante este año.

d) Utilización de créditos para compromisos

38 489 462 581

e) Balance financiero a 31 de diciembre de 1987:

1. Constata que los ingresos y los gastos autorizados del ejercicio 198

ascienden a

----------------------------------------------------------------------------

|(ecus) |(ecus)

----------------------------------------------------------------------------

- Ingresos | |36 170 572 115

- Créditos para compromisos: | |

- créditos autorizados en el |37 452 818 172 |

Presupuesto General | |

- créditos subsistentes del |2 345 500 160 |

ejercicio 1986 y créditos que por | |

la anulación de compromisos en el | |

ejercicio 1987 se han convertido | |

en créditos subsistentes | |

- créditos que corresponden a los |3 160 255 |39 801 478 587

ingresos de rendimientos a cuenta | |

de terceros | |

- Créditos para pagos | |36 170 572 115

----------------------------------------------------------------------------

3.

Incluye sus observaciones en la Resolución que forma parte de esta Decisión;

4.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión, así como la Resolución con las observaciones correspondientes a la Comisión, al Consejo, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas y al Banco Europeo de Inversiones y que las haga publicar en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (Serie L).

Hecho en Estrasburgo, el 13 de abril de 1989

El Secretario General

El Presidente

Enrico VINCI

Lord PLUMB

(1) DO N° C 316 de 12. 12. 1988, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 13/04/1989
  • Fecha de publicación: 23/08/1989
Materias
  • Comisión Europea
  • Comunidades Europeas
  • Consejo Europeo
  • Feoga Garantía
  • Parlamento Europeo
  • Presupuestos
  • Tribunal de Cuentas de las Comunidades Europeas
  • Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

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