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Documento DOUE-L-1989-80637

Reglamento (CEE) núm. 1865/89 de la Comisión, de 27 de junio de 1989, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 381/89 relativo a la prosecución de las acciones de promoción y de publicidad en el sector de la leche y de los productos lácteos contempladas en el Reglamento (CEE) núm.723/78.

Publicado en:
«DOCE» núm. 181, de 28 de junio de 1989, páginas 22 a 22 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1989-80637

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIONDE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1079/77 del Consejo, de 17 de mayo de 1977, relativo a una tasa de corresponsabilidad y a determinadas medidas destinadas a ampliar los mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1113/89 (2) y, en particular, su artículo 4,

Considerando que en la letra b) del apartado 1 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 381/89 de la Comisión (3) se dispone que los organismos competentes envíen a la Comisión la lista de las propuestas recibidas, acompañada de un dictamen motivado, antes del 1 de mayo de 1989; que algunos organismos competentes, por motivos ajenos a su voluntad, no han podido respetar dicho plazo para la formulación del dictamen motivado; que, por consiguiente, es necesario prorrogar dicho plazo, así como los demás plazos que estén directamente vinculados al mismo;

Considerando que las medidas tomadas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se modifica el Reglamento (CEE) no 381/89 del modo siguiente:

1. En el apartado 3 del artículo 1, la fecha de « 1 de julio de 1990 » se sustituye por la de « 1 de octubre de 1990 ».

2. En el artículo 5:

- en el apartado 1, la fecha de « 1 de mayo de 1989 » se sustituye por la de « 29 de junio de 1989 »;

- en el apartado 2, la fecha de « 1 de junio de 1989 » se sustituye por la de « 15 de julio de 1989 »;

- en el apartado 3, la fecha de « 1 de agosto de 1989 » se sustituye por la de « 1 de octubre de 1989 ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de junio de 1989.

Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 131 de 26. 5. 1977, p. 6.

(2) DO no L 118 de 29. 4. 1989, p. 5.

(3) DO no L 44 de 16. 2. 1989, p. 24.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 27/06/1989
  • Fecha de publicación: 28/06/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 28/06/1989
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 3 del art. 1 y el art. 5 del Reglamento 381/89, de 15 de febrero (Ref. DOUE-L-1989-80096).
Materias
  • Leche
  • Productos lácteos
  • Publicidad

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