LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 426/86, de 24 de febrero de 1986, por el que se establece la organización común del mercado de los productos transformados a base de frutas y hortalizas (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2247/88 (2), y, en particular, el apartado 6 de su artículo 9,
Visto el Reglamento (CEE) no 1676/85, de 11 de junio de 1985, referente al valor de la unidad de cuenta y a los tipos de conversión que deben aplicarse a efectos de la política agraria común (3), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 1636/87 (4), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 10,
Considerando que los coeficientes monetarios aplicables en las importaciones de uvas pasas desde el 2 de enero al 5 de marzo de 1989 han sido fijados por el Reglamento (CEE) no 4126/88 de la Comisión (5); que, el tipo de conversión agrícola para la dracma griega se ha modificado desde el 30 de enero de 1989; que, por consiguiente, es preciso modificar el coeficiente monetario para dicha moneda;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los productos transformados a base de frutas y hortalizas,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
No obstante lo previsto en el artículo 1 del Reglamento (CEE) no 4126/88, el coeficiente aplicable para la dracma griega, con efecto desde el 30 de enero de 1989 y hasta el 5 de marzo de 1989, será 1,236.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 14 de febrero de 1989.
Por la Comisión
Ray MAC SHARRY
Miembro de la Comisión
(1) DO no L 49 de 27. 2. 1986, p. 1.
(2) DO no L 198 de 26. 7. 1988, p. 21.
(3) DO no L 164 de 24. 6. 1985, p. 1.
(4) DO no L 153 de 13. 6. 1987, p. 1.
(5) DO no L 361 de 29. 12. 1988, p. 47.
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