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Documento DOUE-L-1988-81836

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 3151/87 de la Comisión, de 22 de octubre de 1987, relativo a las declaraciones de capturas de los buques que navegan bajo pabellón de un Estado miembro que pescan en las zonas de pesca de determinados terceros países en vías de desarrollo.

Publicado en:
«DOCE» núm. 37, de 10 de febrero de 1988, páginas 19 a 19 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-81836

TEXTO ORIGINAL

En el artículo 1, apartado 1, primera línea:

en lugar de:« 1. Las disposiciones de los artículos 3, 6, de los apartados 1, 3 y 4 del artículo 7 y de los apartados 1 y 4 del artículo 9 ... »

léase:« 1. Las disposiciones de los artículos 5, 6, de los apartados 1, 3 y 4 del artículo 7 y de los apartados 1 y 4 del artículo 9 ... »

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 10/02/1988
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 3151/87, de 22 de octubre (Ref. DOUE-L-1987-81273).
Materias
  • Cuota de pesca
  • Flota pesquera
  • Pesca marítima
  • Pescado

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