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Documento DOUE-L-1988-81747

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 2710/87 de la Comisión, de 9 de septiembre de 1987, por el que se establecen las modalidades de aplicación de las medidas complementarias reservadas a los poseedores de contratos de almacenamiento a largo plazo de los vinos de mesa para la campaña 1986/87.

Publicado en:
«DOCE» núm. 211, de 4 de agosto de 1988, páginas 28 a 28 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-81747

TEXTO ORIGINAL

Página 12, artículo 5, apartado 3, quinta línea,

en lugar de: « ... entrada en destilación... »,

léase: « ... entrada en destilería... ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 04/08/1988
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 2710/87, de 9 de septiembre (Ref. DOUE-L-1987-81134).
Materias
  • Ayudas
  • Bebidas alcohólicas
  • Contratos
  • Destilerías
  • Organismo de intervención
  • Vinos
  • Viticultura

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