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LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea,
Vista el Acta de adhesion de Espana y de Portugal, y, en particular, su
articulo 168,
Considerando que el articulo 168 del Acta de adhesion establecio un régimen de supresion progresiva de las exoneraciones, suspensiones o contingentes arancelarios concedidos por Espana para los productos de la pesca procedentes de las empresas conjuntas constituidas entre personas fisicas o juridicas de Espana y de otros paises;
Considerando que es conveniente proceder a la apertura anual de contingentes correspondientes a dicha supresion progresiva, por codigos NC, en el marco de las cantidades globales previstas en el Acta de adhesion;
Considerando que, en el marco de estas cantidades, el reparto de los contingentes por codigo NC se efectua proporcionalmente segun el reparto existente en 1983;
Considerando que es conveniente establecer un sistema de informacion a la Comision con el fin de permitirle proceder al seguimiento de la gestion de dicho régimen;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestion de los productos de la pesca,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Articulo 1
1 . Para el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 1989, se abriran en Espana contingentes arancelarios para los productos de la pesca en las condiciones establecidas en el articulo 168 del Acta de adhesion, segun las modalidades que figuran en el Anexo .
2 . El derecho de aduana aplicable se suspendera para cada uno de estos productos dentro del limite de cada uno de los contingentes arancelarios que figuran en el Anexo .
Articulo 2
El reparto de las cantidades a que se refiere el articulo 1 que, en su caso, puede ser objeto de asignaciones parciales sobre una base semestral, entre las empresas contempladas en el Anexo XII del Acta de adhesion, se efectuara por las autoridades espanolas competentes .
Articulo 3
Espana comunicara trimestralmente a la Comision, a mas tardar dentro de los 15 dias siguientes a la terminacion de cada trimestre, las cantidades efectivamente importadas bajo este régimen contingentario . La Comision podra pedir, en todo momento, un estado de la situacion de la utilizacion de los contingentes .
Articulo 4
El presente Reglamento entrara en vigor el tercer dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .
Sera aplicable desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 1989 .
El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 1988 .
Por la Comision
Antonio CARDOSO E CUNHA
Miembro de la Comision
ANEXO
1.2.3Producto Codigo NC
Designacion del producto
Cantidades autorizadas libres de derechos // // //
0303 78 10 0304 90 47
Merluzas del género Merluccius spp, congeladas
13 085
0304 20 29 0304 20 31 0304 20 43 0304 20 53 0304 20 57 0304 20 83 ex 0304 20 99
Filetes congelados diversos
2 550
ex 0305 62 00 ex 0305 69 10
Bacalaos de las especies Gadus morhua y Gadus ogac y pescados de la especie Boréogadus Saida, salados, sin secar
1 155
ex 0303 42 ex 0303 43 ex 0303 49
Rabiles ( Thunnus albacares ) listados o bonitos de vientre rayado ( Euthynnus ( Kastsuwonus ) pelamis ) y patudos ( Parathunnus obesus ) congelados
1 155
ex 0303 ex 0304 20 13 ex 0304 90
Salmones ( Oncorhynchus spp, salmo salar, Hucho hucho ) congelados, otros productos de la pesca variados congelados incluidos los higados, huevas y lechas
3 290
ex 0302 ex 0304 10 99
Pescados variados frescos
9 185
ex 0307 99 11
Illex spp, congelados
5 755
ex 0307 21 ex 0307 29 ex 0307 41 ex 0307 49 ex 0307 51 ex 0307 59 ex 0307 91 ex 0307 99
Moluscos, vivos, frescos, refrigerados o congelados
5 005
0306 11 00 0306 13 90 0306 14 30 0306 19 30
Langostas ( Palinurus spp, Panulirus spp, Jasus spp ) buey ( cancer Pagurus ) Cigalas ( Nephrops norvegicus ) y gambas distintas de las de la familia Pandalidae y el género Crangon, congelados
4 775
ex 0306 21 00 0306 22 10 ex 0306 24 30 ex 0306 29 30
Langostas ( Palinurus spp, Panulirus spp, Jasus spp ) Bogavantes ( Homarus spp ) Buey ( Cancer pagurus ), y cigalas ( Nephrops norvegicus ) vivos y frescos
455 // // // //
Total
46 410 // // //
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