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LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea,
Vista el Acta de adhesion de Espana y de Portugal y, en particular, su articulo 361,
Considerando que el Reglamento ( CEE ) no 4123/87 de la Comision ( 1 ), modificado por el Reglamento ( CEE ) no 2277/88 ( 2 ), ha fijado para algunos productos de la pesca el nivel provisional global de importacion para la campana 1988; que este nivel provisional comprende para cada producto interesado un contingente anual de importacion procedente de terceros paises;
Considerando que, en lo que se refiere a Espana, el contingente de merluzas del género Merluccius spp ., frescas o refrigeradas, incialmente fijado para la campana 1988 por el Reglamento ( CEE ) no 4122/87 de la Comision ( 3 ), cuya ultima modificacion la constituye el Reglamento ( CEE ) no 3407/88 ( 4 ), se ha aumentado en 1 000 toneladas por el Reglamento ( CEE ) no 3407/88; que por lo tanto conviene adaptar para Espana el nivel provisional global de importacion del producto considerado que figura en el Reglamento ( CEE ) no 4123/87;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestion de los productos de la pesca,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Articulo 1
El Anexo del Reglamento ( CEE ) no 4123/87 quedara modificado como sigue :
En el cuadro que figura en la parte A.1 ., la cifra " 11 130 " relativa al nivel global de importacion de merluzas del género Merluccius spp ., frescas o refrigeradas, de los codigos NC ex 0302 69 65 y ex 0304 10 99, sera sustituida por la cifra " 12 130 ".
Articulo 2
El presente Reglamento entrara en vigor el tercer dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .
El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas, el 31 de octubre de 1988 .
Por la Comision
Antonio CARDOSO E CUNHA
Miembro de la Comision
( 1 ) DO no L 386 de 31 . 12 . 1987, p . 27 .
( 2 ) DO no L 200 de 26 . 7 . 1988, p . 14 .
( 3 ) DO no L 386 de 31 . 12 . 1987, p . 24 .
( 4 ) Véase la pagina 61 del presente Diario Oficial .
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